La Justicia rechazó un pedido del gobierno para suspender la ejecución del financiamiento universitario

El Ministerio de Capital Humano se quejó de que el magistrado haya otorgado una apelación sólo para que se revise la inconstitucionalidad del decreto que condicionó el financiamiento y no sobre la ejecución de la cautelar.

El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick rechazó un pedido del gobierno orientado a suspender la ejecución de la cautelar firme que le ordenó cumplir con la ley de Financiamiento Universitario. El magistrado calificó de “improcedente” un recurso presentado en el marco del expediente principal en el cual días atrás se declaró la inconstitucionalidad del decreto con el cual el Ejecutivo condicionó la actualización de salarios docentes y becas a que el Congreso establezca de dónde saldrán los fondos.

El viernes pasado, Cormick le concedió al Ministerio de Capital Humano un recurso de apelación para que se revise la sentencia en la que declaró la inconstitucionalidad del decreto 759/25 mediante el cual el Ejecutivo promulgó la ley de Financiamiento Educativo pero de manera condicional. De igual modo, el magistrado aclaró que la queja corría únicamente para ese expediente principal, no así para el incidente en el cual se discute la ejecución de la cautelar que ordenó la actualización de los salarios docentes y no docentes por encima de la inflación, al igual que las becas estudiantiles.

Frente a esa respuesta, la apoderada del Ministerio que conduce Sandra Pettovello presentó un recurso de reposición con apelación en subsidio, orientado en primera instancia a que el juez revea esa decisión. “Solicitamos que (…) se deje sin efecto la orden de continuar con la ejecución de la medida cautelar, toda vez que su vigencia había sido expresamente limitada por el decisorio de fecha 23 de diciembre de 2025 que la concedió hasta el dictado de la sentencia, acontecimiento procesal que ya se ha producido (…) el 6/10/26”, planteó en su escrito.

En paralelo, el gobierno avisó que si el juez no revisaba su decisión de otorgar únicamente la apelación del expediente principal, iban a presentar un nuevo recurso de apelación para que la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal revise lo actuado por el juez en ese punto.

Frente a ese panorama, Cormick firmó una breve resolución en la que señaló que lo que decidió está “ajustado a derecho” con lo cual “corresponde el rechazo de la revocatoria intentada”. En ese marco, rechazó el recurso de apelación presentado por el gobierno y ratificó la elevación de la causa principal en la que declaró la inconstitucionalidad del decreto 759/25.

Lo hizo después de una contestación del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), uno de los promotores de la demanda contra el Ejecutivo junto con la Universidad de Buenos Aires (UBA), en la que pidió el rechazo de la pretensión.

Según el escrito firmado por el representante del Consejo, Franco Bartolacci, junto con el abogado Pablo Manili, “esta apelación debería haber sido presentada por el Estado Nacional como un per saltum (…) pero como obviamente su estrategia fue siempre demorar este expediente, no lo hizo de ese modo, sino que interpuso una apelación común”. “El per saltum fue creado justamente para cuestiones urgentes como las que se discuten en este juicio”, agregaron.

La respuesta del juez llegó el mismo día en el que fijó el cobro de una multa diaria de $100 mil al jefe de Gabinete Diego Santilli por cada día de incumplimiento de la cautelar. Vale recordar que el magistrado había impuesto un ultimátum de cinco días al gobierno para que avance en el cumplimiento de dos artículos de la ley aprobada por el Congreso bajo advertencia de aplicar esas sanciones llamadas astreintes.

Tal como contó Tiempo días atrás, en la evaluación que hizo el magistrado hace dos semanas concluyo en que “no se advierte (…) que se haya alcanzado” el incremento salarial para docentes y no docentes desde diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley, con un porcentaje no menor a la inflación acumulada en el período. Sobre las becas estudiantiles había establecido que sólo se cumplió con la actualización de la Beca Manuel Belgrano, no así con otras como Progresar.

El incumplimiento desoye, incluso, la decisión de la Corte Suprema, que en junio pasado dejó firme la medida.

En ese marco, al fijar la multa diaria, el juez también avisó que si persiste el incumplimiento podría modificar el monto de $100 mil diarios y también los funcionarios alcanzados.

Tanto la fijación de las astreintes como el rechazo mencionado en los párrafos que anteceden fueron decididos por Cormick en la previa a la Quinta Marcha Federal Universitaria convocada para este jueves en Plaza Congreso y con réplicas en todo el país. Justo en el día en que el vocero presidencial Adrián Ravier pidió en conferencia de prensa “que nos den una mano desde el periodismo, porque si desde el periodismo se le dice a la gente que (…) no le vamos a dar el financiamiento que marca la ley y estamos incumpliendo la ley, la gente se enoja. Y este gobierno ha hecho esfuerzos enormes por mejorar los salarios docentes”.

Por: Ariel Stemphelet

Fuente
Tiempo Argentino

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