Otro revés para la reforma laboral: los docentes podrán hacer paro

El Juzgado Nacional del Trabajo N° 74 dictó una medida que suspende la aplicación del artículo 101 de la reforma laboral, norma que había calificado a la docencia como actividad esencial y fijado un 75% de presencialidad en caso de paro.

La Unión Docentes Argentinos (UDA) promovió la demanda que motivó la cautelar. Tras conocerse el fallo, el gremio difundió un comunicado en el que afirmó que las prioridades debían ser salarios y condiciones para el proceso educativo, y no la restricción de derechos colectivos. La UDA sostuvo que la decisión judicial resguardó el equilibrio en las relaciones laborales y evitó que se consolidaran limitaciones sobre los derechos sindicales del sector.

 

El pronunciamiento del Juzgado Nº 74 se produjo pocos días después de otra decisión judicial que había suspendido 82 artículos de la misma reforma tras una presentación de la Confederación General del Trabajo (CGT). En la motivación del fallo, el juez explicó que para conceder una cautelar no se requería la certeza absoluta sobre el derecho invocado, sino la existencia de una apariencia razonable que justificara una tutela preventiva hasta que se resuelva el fondo del conflicto.

La suspensión del artículo 101 incorporó un nuevo eje al litigio judicial en torno a la reforma laboral y dejó abierta la definición final, que podrá resolverse en instancias superiores.

Fuente
Mendoza Post

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