Reforma a la ley de Glaciares: los intereses provinciales destrabaron una esforzada media sanción en el Senado
La modificación le otorga mayor capacidad a las gobernaciones para eliminar zonas periglaciales de un inventario de áreas protegidas. Falta su votación en Diputados.
Para el impulso del proyecto, el Gobierno argumentó en su dictamen «las dificultades que enfrentan los operadores jurídicos y económicos, del ámbito público y privado, a la hora de interpretar el verdadero alcance de las disposiciones» de la Ley 26.639 vigente y promueve que «las limitaciones a la utilización racional y sustentable de los recursos naturales deban ser excepcionales». En el debate en el recinto, los senadores libertarios reiteraron que la reforma fomenta a la inversión en las provincias e incluso el fueguino Agustín Coto definió como «un proyecto de chetos» a la legislación sancionada en el 2010. En ese marco, se habla de que hay cinco proyectos mineros en etapa de evaluación que podrían aportar u$s30.000 millones, si se aprueba la ley.
Además de criticar que la redacción final se conoció a la hora de la votación imposibilitando su análisis exhaustivo, las observaciones opositoras se expresaron en alerta por el efecto que podría provocar la explotación minera en una provincia sobre el acceso hídrico en otra; por la libertad efectiva de fiscalización de las autoridades locales para determinar qué geoformas integrarán el ING; y por la inestabilidad jurídica que puede provocar los distintos criterios distritales al determinar sobre lo que se puede explotar.
Ley de Glaciares: qué dice la reforma
El camino de la Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección de los Glaciares y del Ambiente Periglaciar tiene dos décadas e incluso tuvo un veto en el 2008, por parte de la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner. Dos años después se sancionó y logró su reglamentación en febrero del 2011, estableciendo que el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) se convierta en el ente investigador para la elaboración del Inventario Nacional de Glaciares (ING), que fue aprobado en el 2018.
La propuesta se trata de una ley aclaratoria a la ya existente, por lo que precisa un concepto central: modifica en la ley la definición de «reservas hídricas existentes» por «reservas estratégicas de recursos hídricos». A esto se añade la posibilidad de autoridades competentes locales de determinar cuándo se trata de «estratégica» la reserva y poder intervenir en la composición del ING, incluyendo o removiendo un «glaciar o geoforma periglacial» según lo contemplen, incluyendo «una instancia de participación ciudadana».
El texto ratifica a los glaciares como reservas estratégicas de recursos hídricos, fundamentales para la recarga de cuencas y el abastecimiento de agua para consumo humano, producción agrícola, conservación de la biodiversidad, investigación científica y turismo. Además lo sujetan al artículo 41 de la Constitución Nacional, que promueve el uso racional de los recursos naturales sin comprometer a las generaciones futuras.


