«El DNU está pensado para favorecer el desarrollo de las grandes cadenas de farmacias»

El titular de Ceprofar explica cómo sería la entrega de medicamentos en los locales con la nueva normativa y los peligros a la salud que conlleva. El espejo de Chile y la protesta de médicos.

Entre tantas facetas cotidianas que atraviesan el Mega Decreto de Necesidad y Urgencia y la Ley Ómnibus también está el de la salud y los medicamentos. En un apartado, el DNU modifica el artículo 2 de la Ley N° 25.649 de Utilización de medicamentos por su nombre genérico, el cual indica que “toda receta o prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria expresando exclusivamente el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional que se indique, seguida de forma farmacéutica y dosis/unidad, con detalle del grado de concentración”.

A pesar de su esencia corporativista, el DNU 70 recibió esta semana el rechazo de la Academia Nacional de Medicina (ANM) y 48 entidades médicas que cuestionaron los cambios en la prescripción de medicamentos. Sostienen que “perjudica a los pacientes”, “limita la responsabilidad del médico”, y que en la Argentina no se exigen estudios de bioequivalencia y biodisponibilidad para la mayoría de los productos farmacéuticos genéricos.

¿Qué piensan las farmacias? Se trata de un sector también afectado por las iniciativas de Javier Milei que desregula su actividad “poniendo en peligro la salud de la población”. Algo que motivó un paro inédito de los locales la semana pasada y una presentación en la justicia para que se dicte la nulidad de la norma. Pero a su vez, históricamente las farmacias abogan por la prescripción de medicamentos genéricos.

Rubén Sajem, director del Centro de Profesionales Farmacéuticos Argentinos se refirió a la discusión actual, y qué busca La Libertad Avanza con el DNU: “favorecer el desarrollo de las cadenas de farmacia”.

–¿Por qué el decreto de Milei, que beneficia esencialmente a las corporaciones, incluye lo de medicamentos genéricos?

–El DNU está pensado para favorecer el desarrollo de las cadenas de farmacias. Todo el DNU es en ese sentido. Permite la sociedad anónima, la modificación de las estructuras de las farmacias, incluso sin necesidad de planos y sin necesidad de la participación de la Inspección General de Justicia. Favoreciendo además que las pequeñas farmacias sean compradas por las grandes cadenas. En ese sentido también se permite a las farmacias una cosa realmente insólita y peligrosa que no se justifica: que puedan funcionar sin farmacéuticos. Que los medicamentos de venta libre se puedan ofrecer en góndolas, no necesariamente en el mostrador. Permite los envíos a domicilio. Son artículos pensados para favorecer el desarrollo de cadenas para terminar en una situación como en Chile, donde el 90% de las ventas de medicamentos las realizan las cadenas. Dentro de esa lógica hay que pensar esto de la prescripción genérica, porque una intención de las cadenas siempre fue tener laboratorios propios o tener acuerdos con laboratorios para que les provean de sus propios medicamentos genéricos. ¿Qué quieren las cadenas de farmacia? Ofrecer los medicamentos que les sean más convenientes, independientemente de la marca que receta el médico. Por ese lado viene el peligro.

–¿Qué pasaría si dominan las cadenas?

–Si se instalan cadenas de farmacias, con una cuestión puramente mercantil le van a ofrecer a los pacientes las marcas que a ellos les convengan. Y el paciente no va a poder elegir porque va a tener esa sola. Por ejemplo, hoy hay 20 marcas de Omeprazol que varían entre 2000 y 9000 pesos. Y la persona puede elegir la que le resulta más conveniente independientemente de que el médico le recete una. A la cadena le puede convenir por un acuerdo con un laboratorio vender la que vale 8000 pesos y no ofrecer la más económica. Ninguna de las dos cosas está bien, ni que las cadenas ofrezcan un solo medicamento ni que los médicos impongan una marca, por afinidad o acuerdo con un laboratorio. A veces los médicos, malinterpretando la Ley 25.649 de prescripción por nombre genérico, dicen que es el farmacéutico el que elige la marca. No es así. Lo que dice la ley es que el médico receta por nombre genérico. Puede incluir una marca. Pero el farmacéutico tiene la obligación de poner en conocimiento del paciente todas las marcas y todos los precios. Para que sea el paciente el que elija.

–¿Cómo debería seguir?

–Lo que hay que hacer es lo que dice la ley que está vigente: que la farmacia tiene que ofrecer todas las alternativas disponibles con el mismo principio activo. Y el paciente elige. Nosotros queremos que se saque la marca de la receta, pero que esté el farmacéutico presente para ofrecer todas las alternativas. Porque lo que se quiere con el DNU es que no esté el farmacéutico presente en las farmacias. ¿Quién va a ofrecer en las cadenas ese medicamento genérico? El empleado, que va a ser inducido por la línea comercial de la empresa. El farmacéutico, en cambio, responde a su profesión y tiene su matrícula en juego. Esto no es algo que imaginamos, es lo que pasó en Chile cuando se empezó a ventilar el juicio porque las cadenas de farmacias se ponían de acuerdo para vender a mayor precio los medicamentos. Se investigó y se vio que los empleados tenían su retribución asociada a una comisión que se la daban por vender determinadas marcas. Eso es lo que hay que evitar, y por eso quieren sacar al farmacéutico del medio.

La biodisponibilidad y el precio de los remedios

Juan Antonio Mazzei, presidente de la Academia Nacional de Medicina, apuntó que “en Argentina no es obligatorio para la mayoría de los medicamentos genéricos presentar las pruebas de biodisponibilidad y bioequivalencia. Si se le impide al médico sugerir el medicamento, no hay garantía de que el paciente reciba un producto que cumpla la calidad de la acción terapéutica”.

Rubén Sajem, de Ceprofar, cuestionó: «El médico no conoce todos los estudios que se pueden haber hecho del medicamento para decir que uno tiene más eficacia que otro. Y generalmente recetan medicamentos que hace muchos años que están usándose. Son debidamente probados, no justifica que se incluya una marca sobre otra».

«Los estudios de biodisponibilidad y bioequivalencia son estudios que se hacen en vivo, es decir, estudios que requieren cierta complejidad no se hacen para todos los medicamentos en Argentina. Existen 17.000 distintos productos farmacéuticos, distintas marcas comerciales en Argentina y no todos tienen la biodisponibilidad y la bioequivalencia estudiada. Entonces no es un argumento para recetar por marca –continúa–. Además, la ley 25.649, de prescripción por nombre genérico, en su reglamentación indica los medicamentos que no pueden ser reemplazados porque tienen un estrecho margen terapéutico o por algunas razones que no conviene cambiar la marca porque se hacen estudios de farmacovigilancia, como pasa por ejemplo con las hormonas tiroides. Pero eso ya está previsto en la ley. Además, son marcas comerciales que hace 40 años que están en el mercado y son consideradas seguras. Ahora… si se quiere exigir en el futuro que todos los medicamentos tengan estudios de biodisponibilidad y bioequivalencia, sería una medida razonable. Pero hoy no es un argumento para recetar por marca».

Y completa: «Cuando el médico incorpora una marca, lo hace sin conocer los precios de los medicamentos, receta a ciegas en cuanto al precio».

Por: Gustavo Sarmiento

Fuente
Tiempo Argentino

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