Amparo colectivo contra ABSA por falta de agua: la Justicia falló a favor de los vecinos

El Juzgado en lo Civil y Comercial N°2 resolvió a favor de la demanda que un grupo de vecinos interpuso a principios de febrero del 2021 contra la empresa Aguas Bonaerenses S.A. y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

La Justicia resolvió en las últimas fallar a favor de la acción legal interpuesta el año pasado por un grupo de vecinos de Bahía Blanca contra la empresa Aguas Bonaerenses S.A, en el marco de los problemas hídricos que se suscitaron en varios barrios del distrito.

La jueza María Selva Fortunato, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial N°2, hizo lugar al amparo colectivo presentado a principios de febrero del 2021 por representantes vecinales – patrocinados por la abogada Sandra Vulicich – quienes le exigían a ABSA la implementación de un plan de gestión y de mejoras de infraestructura que permitan normalizar el servicio en un tiempo razonable.

En el documento compuesto por 32 fojas, los usuarios afectados relataron que – entre los meses de noviembre y diciembre de 2020, y enero y febrero de 2021 – vivieron “las más angustiantes e inhumanas situaciones, al verse completamente imposibilitados de hacer uso del recurso de agua potable, teniendo que soportar sin agua temperaturas extremas, enfermedades y aislamiento por Covid 19”.

La referencia concreta es a los barrios Sánchez Elía, Villa Don Bosco, Villa Amaducci, Villa Cerrito, Villa Parodi, Anchorena, El Pinar, 9 de noviembre, Stella Maris, Rucci, Villa Rosas, Spurr, Bordeu, Macrocentro, Microcentro, Pacifico, Noroeste, Villa Nocito, Santa Margarita, San Roque, San Cayetano, Estomba, Cooperación 1, Villa del Parque, Los Chañares, Cerri, Villa Bordeu, Don Ramiro, Nueva Belgrano, Barrio km 5, Barrio Luján, Barrio Hospital, Villa Serra, Villa Moresino, Villa Floresta, Loma Paraguaya, Universitario, Napostá, Barrio Obrero, Richieri, Barrio Colón, Villa Talleres, Villa Delfina, Los Horneros, Villa Harding Green, Altos de Bahía, Molina Campos, Espora, Los Almendros, entre otros.

En ese contexto, los vecinos efectuaron reclamos ante el intendente Héctor Gay, acudieron al Concejo Deliberante y buscaron respuestas en ABSA y ADA (Autoridad del Agua).

Al no obtener soluciones favorables a sus requerimientos, el grupo autoconvocado decidió recurrir a la acción colectiva de amparo contra Aguas Bonaerenses S.A, ADA y la Provincia de Buenos Aires.

La demanda en su punto principal requería a la prestataria a que “dentro de un plazo razonable” presentara un plan de obra y gestión donde se contemple el estudio del proyecto y la construcción de la infraestructura necesaria para la distribución de la red de agua potable para todos los ciudadanos de Bahía Blanca.

Asimismo, se solicitaba que la Autoridad del Agua (ADA) controle el avance de las obras y vaya brindando publicidad a la población.

En tanto, también se instaba al Gobierno Provincial a ceder los recursos pertinentes para que las obras se lleven a cabo.

Además, los vecinos pidieron un sistema de facturación asociado con el nivel de consumo.

Por todos estos considerandos, y otros fundamentos judicializados oportunamente, la magistrada resolvió admitir el programa de obras propuesto en la demanda y que se denomina “Plan de Obras de Agua Potable de Corto y Mediano Plazo para los Partidos de Bahía Blanca y Coronel Rosales”.

“Ordenar a las demandadas -cada una con respecto a las obras que debe ejecutar de acuerdo con el plan propuesto- que, en el término de treinta días contado desde la fecha de notificación de esta sentencia, presenten un cronograma indicando fundadamente el plazo previsto para la terminación y plena operatividad de cada una de las obras proyectadas. Dicho plan será puesto a consideración de las partes y posteriormente evaluado en cuanto a la razonabilidad de los plazos indicados”, reza la resolución.

La jueza Fortunato obliga a las partes demandadas a presentar de forma mensual informes, los cuales “serán evaluados en consonancia con el cronograma de plazos”. También ordena a la Autoridad del Agua (ADA) a que realice “el debido control sobre la calidad y cantidad de la provisión de agua a los usuarios, así como el monitoreo de las obras proyectadas, de conformidad con el marco regulatorio correspondiente”.

En este marco, la medida ordena que se publiciten e informen “de manera periódica” a nuestra ciudad sobre “el plan de obras y de gestión, así como también de la evolución de las obras proyectadas”.

En tal sentido, la magistrada aclara que más allá de la utilización de otros medios de difusión, la publicidad al respecto “se considerará cumplida con la inclusión de información clara y accesible en respectivos sitios web de las obligadas”.

A efectos de que tome conocimiento la parte demandante, Fortunato ordena que la resolución sea publicada en dos medios digitales de Bahía Blanca, La Nueva y La Brújula 24, con el costo de publicación que sea afrontado por las partes demandadas.

A su vez, se le hace saber a ABSA que deberá incluir dicho documento en la información publicada en su página web.

Fuente
Telefé Bahía Blanca

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *