La Multisectorial presenta su propuesta por una sobretasa extraordinaria

Lo que sigue, es el documento textual que será presentado por la Multisectorial elaborado «de la mano de economistas y otros profesionales especializados» que «da cuenta de los antecedentes en la Provincia y en el mundo, demostrando que están dadas las condiciones reales que hacen posible la implementación de una sobretasa extraordinaria a las grandes empresas, para destinar el recurso a quienes más los necesitan».

SOBRETASA EXTRAORDINARIA

La pandemia de coronavirus COVID-19 ha desatado una crisis que no es solo sanitaria, sino también económica. En todo el mundo, las proyecciones de desempeño indican una situación preocupante. No se trata solo de la caída de la producción y el comercio en casi todos los países, sino también de la preocupante pérdida de empleos. La Organización Internacional del Trabajo la estimó en el equivalente a 255 millones puestos de tiempo completo en el mundo. Esto provoca un aumento de la pobreza extrema por primera vez en décadas, así como un nuevo incremento en la desigualdad. El Banco Mundial sostuvo que el mundo atravesó en 2020 la peor crisis en el último siglo.

En este contexto global, Argentina sufrió la peor caída de su PBI desde 2002, con un retroceso anual de 9,9%, según datos del INDEC. Tanto en el mundo como en el país, el peor momento de la crisis se dio en el segundo trimestre del año pasado, momento a partir del cual se inició una recuperación, que se mantiene dispar entre sectores. Mientras que en el último año (IV-2020 respecto de IV-2019) la remuneración al trabajo perdió 0,7 puntos porcentuales de participación en el ingreso total, el excedente de explotación bruto aumentó 2,7 puntos. Es decir, la crisis no se repartió igual: mientras que quienes viven del trabajo perdieron, quienes son dueños de grandes empresas ganaron más.

En Bahía Blanca las tendencias son similares. En términos agregados, el nivel de actividad se estabilizó en un sendero de bajo dinamismo. Los últimos datos disponibles del INDEC, correspondientes al segundo semestre de 2020, señalan que el 18,7% de los hogares de Bahía Blanca y Cerri vivían por debajo de la línea de pobreza, mientras que el 5,2% de los hogares vivían por debajo de la línea de indigencia. En términos de población, 75.511 personas vivían en la pobreza y 21.926 no alcanzaban a comprar la canasta alimentaria básica para fines de 2020.

Un 9,7% de la población económicamente activa estaba desocupada en Bahía Blanca a fines de 2020, equivalentes a unas 15.000 personas, lo que representa una suba de 2,5% respecto del año previo.

Desde ese momento, los datos locales indican que los precios han ganado la carrera contra los salarios, que perdieron en los primeros cuatro meses de 2021 un 3,1% en términos reales. La canasta de pobreza para una familia tipo, según el relevamiento del CREEBBA, ascendió en abril a $66.016, mientras que la de indigencia alcanzó los $28.455, guarismos que superan el alza de precios general. Es decir, en Bahía Blanca la pobreza e indigencia han crecido de la mano de una situación general de estancamiento.

Ante esta grave situación descripta, el Estado en general y el Municipio de Bahía Blanca en particular, tienen la obligación de arbitrar todos los medios posibles para paliar la crisis económica y social, dirigiendo esfuerzos concretos para mitigar la desigualdad social y económica, y por sobre todas las cosas, en este período de emergencia sanitaria, estos esfuerzos deben redoblarse.

La obligación de generar políticas públicas inclusivas proviene del propio texto constitucional nacional, es decir, el Estado no solo debe garantizar los derechos fundamentales de salud, trabajo, educación y alimentación entre otros, sino que ello debe realizarse en los términos del art. 16 referido al principio de igualdad. Esto significa que sus acciones deben propender a que toda la comunidad, sin distinciones ni discriminaciones, tenga   acceso a cuestiones básicas, sobre todo cuando esas necesidades se acrecientan en época de emergencia.

Por otro lado, el art. 75 ins 12 de la Constitución Nacional, refiere a la obligación de proveer lo conducente al desarrollo humano y al progreso económico con inclusión social. Además, el Estado tiene la obligación de cumplir con el interés público, hoy diseñado por los derechos humanos. La asunción de la responsabilidad estatal surge específicamente de las convenciones sobre derechos humanos normadas en el art. 75 inc. 22 de la Constitución referida.

Y específicamente el gobierno municipal, debe cumplir también con la manda de la Constitución Provincial, que impone garantizar la igualdad de oportunidades (art. 11).

Cuando hablamos de igualdad en el acceso a los servicios y a los bienes, dirigimos nuestro pensamiento hacia los sectores más desfavorecidos y más golpeados por la crisis sanitaria y económica. Entendemos que el Estado en toda su extensión, tiene una obligación ética de trasmitir valores en sus gestiones. En la urgencia y en la emergencia, la solidaridad cobra particular importancia, con efectos hacia quienes no acceden a cubrir necesidades básicas.

Por ello proponemos que los esfuerzos temporarios -que provienen de toda la sociedad- y que aquellos sectores que no han sido afectados económicamente, através de una obligación tributaria permitan el acceso de aquellos sectores carentes y vulnerables.

De modo que este trabajo mancomunado realizado por esta Multisectorial, implica una propuesta colaborativa, a desarrollarse durante un lapso determinado de tiempo, para afrontar la situación de crisis referida.

En este sentido, es de notorio conocimiento que la instalación de la pandemia, no generó situaciones desfavorables a toda la sociedad. De acuerdo con una revisión preliminar es posible sugerir cuáles son las actividades que podrían potencialmente aportar a una recuperación más igualitaria. Toda esta aproximación puede (y debe) mejorarse con los datos actualizados que posea el municipio -o que pueda recabar consultando a los entes oficiales que correspondan. El listado de actividades surge de considerar aquellas actividades que han obtenido mayores rendimientos en años recientes, especialmente, durante la pandemia.

a. Bancos

Durante 2020, en medio de la crisis, este sector logró expandirse un 10,6% respecto del año previo. En febrero de 2021, el indicador mensual de actividad mostraba que se superó el nivel de actividad en un 3,5% en términos interanuales. A nivel local, se observa que los bancos han recibido más depósitos -probablemente por la bancarización de las políticas públicas de ayuda ante la pandemia-, los cuales no se han destinado a préstamos. Esto es consistente con las tendencias a nivel nacional, que muestran una sostenida caída de préstamos, a pesar de contar con liquidez. El principal activo de los bancos y la principal fuente de ganancias (6 de cada 10 pesos) son los títulos emitidos por el Estado. Es decir, los bancos reciben depósitos que no prestan, sino que destinan a la compra de títulos emitidos por el Estado, logrando ganancias a partir de la deuda pública. Por otro lado, los cálculos a partir de datos públicos indican que el sector tributó menos del 7% de sus ingresos, con lo cual no parece sufrir gran presión impositiva. América Latina es la segunda región del mundo con la rentabilidad bancaria más alta (después de África) en las últimas dos décadas, y dentro de la región, Argentina se mantiene en los primeros puestos.

b. Supermercados mayoristas/hipermercados.

Durante 2020, en medio de la crisis, el sector de comercio logró expandirse

un 3,6% respecto del año previo. En febrero de 2021, el indicador mensual de actividad indicaba que superaba un 3,4% su valor de un año atrás. Ahora bien, dentro del sector comercial, los datos del INDEC, permiten distinguir que, en febrero de 2021 este segmento mayorista vio aumentada sus ventas en un 2,4% interanual en términos reales, es decir, por encima de la inflación. Informes del propio sector permiten reponer que este sector incrementó fuertemente su facturación al inicio de la pandemia y sostuvo su expansión por encima de la inflación hasta inicios de este año. Esta no es la realidad del resto de supermercados minoristas y autoservicios, que vieron disminuir notablemente su actividad.

c. Polo petroquímico/parque industrial

Las empresas emplazadas en el parque industrial de Bahía Blanca han recibido diversos beneficios fiscales para su instalación. Si bien allí funcionan firmas de diverso tamaño, se destaca la existencia de un grupo de grandes empresas, mayormente de capitales extranjeros, con operatoria dolarizada. Los datos nacionales del INDEC muestran que para marzo de 2021, algunos rubros de la industria manufacturera que tienen actividad dentro del parque industrial de Bahía Blanca mostraron una expansión significativa respecto del año previo: Otros equipos, aparatos e instrumentos (103,9%); Automotores y otros equipos de transporte (97,2%); productos de metal (41,7%); maquinaria y equipo (84,7%); minerales no metálicos (83,4%); metálicos básicos (42,3%). El sector de sustancias y productos químicos no muestra una expansión semejante, pero porque no tuvo una crisis significativa previa. De hecho, muestra una clara tendencia de crecimiento, superando niveles de 2017. De conjunto, hay un grupo de empresas que operan dentro del parque industrial que pertenecen a ramas de alta expansión o que no sufrieron la crisis reciente, y tienen diversas desgravaciones fiscales.

Por otra parte, los titulares de los parques eólicos fueron eximidos del pago de tasas. Ponemos en consideración la eximición por tiempo a determina a fin de que se destinen los recursos obtenidos al fondo a crear.

d. Puerto: actividades de gran porte

Según datos del Consorcio de Gestión del Puerto, en el primer trimestre del año el movimiento de mercaderías superó el mismo período del año pasado (previo a la pandemia) en un 2,9%. Si bien el sector ligado a hidrocarburos sufrió la crisis global, las exportaciones de granos y productos derivados fueron especialmente dinámicas. La entrada de buques se reactivó de la mano de la recuperación del comercio a nivel global, especialmente con destino a Asia.

e. Construcción de alta gama / mayor a determinada superficie

Durante 2020, en medio de la crisis, este sector logró expandirse un 3,5% respecto del año previo. En febrero de 2021, el indicador mensual de actividad indicaba que superaba en 11,7% su valor de un año atrás. Durante el primer trimestre de 2021, el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires registró 548 operaciones de compraventa en Bahía Blanca. Esto representa un aumento del 85,7% respecto de lo actuado en el mismo período un año atrás. Este sector está impulsado por el bajo costo relativo y la canalización de ahorros (que enfrenta dificultades para la compra de divisas y otras compras de bienes desde el exterior). Además, ha recibido estímulos a nivel nacional por las políticas de “blanqueo” destinadas a fomentar la actividad, beneficiando en particular a los sectores alto poder adquisitivo.

f. Prestadoras de servicios de telecomunicación

Merced de las diferentes medidas de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, así como las de Distanciamiento Social, en todo el país (y en el mundo) se produjo un fuerte proceso de reconversión productiva que tendió a formas de teletrabajo. Esto se suma a las necesidades vinculadas a la socialización y la educación. Todo esto impulsó el negocio de las empresas de telecomunicaciones. Aunque en el último año este sector sufrió un atraso relativo en sus precios, durante el gobierno de Cambiemos (2015- 2019) había sido particularmente beneficiado por las subas de precios por encima de la inflación.

Alternativamente, podrían considerarse la aplicación de sobretasas sobre tres sectores de la sociedad con elevada riqueza observable:

  1. g.    Barrios cerrados

En Bahía Blanca hay cinco barrios este tipo, donde habitan personas de alto poder adquisitivo. Se trata de La Reserva, Bosque Alto, La Merced, Barrio Parque y Solares Norte.

  1. h.    Propietarios de múltiples propiedades inmuebles.

Quienes poseen gran cantidad de inmuebles declarados poseen una riqueza relativa elevada, además de poder usufructuarlos mediante su alquiler. En el caso de Trenque Lauquén, se le cobró la sobretasa a quienes tuvieran cinco o más propiedades inmuebles a su nombre.

  1. i.      Propietarios de grandes extensiones rurales.

El municipio de Castelli lo aplicó sobre propiedades de más de 50 hectáreas. Para el caso bahiense, considerando el valor y productividad de la tierra en la zona, esta escala debería elevarse.

Los anteriores sectores son una sugerencia de potenciales contribuyentes ante la situación de crisis generalizada que existe. Esta crisis es mundial, pero se nota en lo local. Utilizar argumentos sobre previsibilidad o estabilidad son válidos para el debate en tiempos normales, mas no cuando todo está en un manto de incertidumbre. Mientras que al primer grupo (a-f) probablemente sea lógico imponer una suba temporal de la tasa por inspección de seguridad e higiene, con el segundo grupo la tasa aplicable más efectiva tal vez sea la de alumbrado, limpieza y conservación de la vía pública. Es posible explorar otras opciones más específicas (como la ambiental o los derechos de construcción), aunque las referidas tienen alcance generalizado sobre los sectores señalados. Si los sectores alcanzados esperan que el municipio pueda cumplir con la prestación de los servicios asociados en un contexto de crisis y emergencia, posiblemente deban pagar una contribución acorde a su capacidad económica.

De diversas formas, estos sectores han recibido beneficios de la política pública, que les permitió acumular ganancias y riquezas. Esto no invalida la existencia de esfuerzos personales, pero estos están necesariamente mediados por políticas económicas que permiten a algunos capitalizar sus esfuerzos y a otros no tanto.

Se esgrime que estos sectores ya tributan impuestos y tasas de diverso tipo. Diversos informes demuestran que esto no es cierto para la Argentina, donde la tributación es relativamente baja comparando con otros países de similar nivel de desarrollo. En el caso de la presente propuesta, no se trataría de un nuevo impuesto o tasa, sino de un cambio de la alícuota ante la situación de emergencia. El municipio puede utilizar las mismas tasas que ya cobra, modificando temporalmente la alícuota ante la situación de crisis.

En un contexto como el presente, donde múltiples sectores requieren auxilios y demandan atención, resulta por completo desfasado suponer que el gobierno local puede continuar proveyendo los mismos servicios sin un auxilio presupuestario. 

Creación de una Comisión de Control de la Sobretasa Se propone constituir una comisión que desarrollará su actividad en el ámbito del HCD, integrada por: 3 miembros de la intersectorial, 1 concejal por cada bloque

partidario (3 concejales), un miembro del D.E. del área de economía, 1 miembro de la UNS departamento Economía, 1 miembro UPSO (de las facultades de pymes y/o desarrollo regional y local). Todos con dos suplentes. La Comisión dictará su reglamento de funcionamiento oportunamente.

Período de vigencia de la tasa extraordinaria: tres meses, renovable conforme los parámetros epidemiológicos oficiales y con aprobación de la Comisión.

Antecedentes 

En este sentido, se cuenta con un antecedente relevante a nivel nacional en la aprobación del aporte extraordinario a las grandes fortunas mediante la ley N° 27.605, sancionada en diciembre del 2020 por el Honorable Congreso de la Nación Argentina, homologada por Decreto Nacional 42/2021. El mismo alcanzó a apenas 12.500 personas en todo el país, que superaron los 200 millones de pesos de patrimonio declarado en 2019. Según los datos más recientes, se recaudaron aproximadamente 230.000 millones de pesos, 7.000 millones más de los estimados inicialmente. El 80% de las personas físicas alcanzadas por el impuesto cumplió con el pago del mismo en término (o acordó un plan de pagos). Del 20% restante, solo 200 personas iniciaron litigios ante la Justicia, lo que equivale al 1,6% de las personas alcanzadas.

Este aporte extraordinario está en línea con las recomendaciones de los organismos internacionales para lidiar con la pandemia. El aumento de los gastos para los Estado ante la emergencia sanitaria, se conjuga con necesidades de sectores económicos afectados por las medidas de prevención no sanitarias (como la ASPO). Asimismo, debido a la propia crisis, se erosiona la base de recaudación, lo que hace que quede aún menos espacio fiscal para implementar políticas públicas.

Existen además antecedentes valiosos en 9 municipios de la Provincia de Buenos Aires: 25 de mayo, Castelli, General Lavalle, Hurlingham, Lanús, Laprida, Trenque Lauquen, Tres de Febrero y Vicente López (ver anexo). Llamamos la atención de estos antecedentes por estar todos ubicados en la misma provincia que Bahía Blanca, sujetos al mismo marco legal. En el caso del municipio de Castelli, se presentó una medida cautelar, que la Justicia oportunamente rechazó. Es decir, habría un marco jurídico validado para este tipo de iniciativas.

De conjunto, la experiencia cercana indica que son posibles múltiples combinaciones de base imponible y destinos de los fondos. En relación a lo primero, hay múltiples variantes, según la estructura productiva del municipio, pero también la situación económica de la actividad particular. Es claro que también se consideró la facilidad para establecer los sujetos imponibles y el cobro de la recaudación. Respecto de lo segundo, deberá considerarse qué urgencias tiene cada localidad. Lo que queda claro es que no se trata de una propuesta extemporánea, ni fuera del marco de la legalidad vigente, así como las recomendaciones internacionales.

La municipalidad de Bahía Blanca reconoció la situación de emergencia sanitaria en marzo de 2020 a través de la Ordenanza Nº 19.997 y el Decreto N° 322/20. Allí se autorizó al Departamento Ejecutivo a efectuar las reasignaciones presupuestarias correspondientes a fin de poder tomar las medidas sanitarias pertinentes para hacer frente a esta contingencia, convalidadas por la declaración de Emergencia Económica a través de la Ordenanza N° 20.012 de abril de 2020. Ambas declaraciones abarcaron un período inicial que podía prorrogarse, lo que efectivamente ocurrió.

En este sentido, según los datos oficiales provistos por la Municipalidad de Bahía Blanca se han destinado $60.313.560,03 al auxilio correspondiente a la emergencia sanitaria y económica originada por el COVID-19. El 62% de estos recursos provinieron del propio Tesoro municipal (por recursos de afectación directa o de libre disponibilidad), y se destinó principalmente a la compra de alimentos (79%), en el marco de una política orientada a los sectores más vulnerables, por la vía de la Secretaría de Políticas Sociales (86% del gasto). Se realizaron inversiones menores en productos de limpieza (6%), elementos de uso laboral (6%), centros respiratorios (3%), unidades de cirugía mayor ambulatoria (UCMA, 2%) y casas de abrigo y viandas para centros de día. Este es el detalle oficial, que indica un esfuerzo especial enfocado en necesidades alimentarias, aunque limitado al mismo.

Por otro lado, en reconocimiento de la crisis económica que atraviesan diversos sectores de la ciudad por motivo de la pandemia, se trabajó eximiendo de algunas tasas por tiempo limitado. Concretamente:

  • La ordenanza Nº 20.042 eximió del Pago de la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene, así como de la Tasa del Derecho de Ocupación o Uso de Espacio Público cuando correspondiera, a rubros afectados por la pandemia durante julio a septiembre de 2020. Aplicó a Gimnasios o Centros

de actividad Física, Rubro Indumentaria y Calzado, Gastronomía, Agencias o empresas de turismo, Hoteles o lugares de alojamiento, Academias de Danza, Artes Gráficas o Escuelas Artísticas y/o Culturales.

  • La ordenanza N° 20.130 eximió del pago de la tasa de Alumbrado Limpieza y Conservación de la Vía Pública y de la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene de octubre a diciembre de 2020 a Instituciones Educativas Privadas, Cines, Teatros, Centros Culturales, Talleres Recreativos, Salones de Fiestas y Discotecas.
  • La ordenanza N° 20.261 modificada por la 20.276 y la 20.279 eximieron del Pago de la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene, así como de la Tasa del Derecho de Ocupación o Uso de Espacio Público, y del pago de Derechos de Publicidad y Propaganda cuando corresponda, a Instituciones Educativas Privadas, Cines, Teatros, Centros Culturales, Talleres recreativos, Rubro Indumentaria y Calzado, Agencias o Empresas de turismo, Hoteles o lugares de alojamiento, Academias de Danza, Artes Gráficas o Escuelas Artísticas y/o Culturales, Gastronomía, Salones de eventos y casitas de fiestas, Gimnasios, natatorios y piscinas, y Discotecas entre enero y junio de 2021.

Estos antecedentes indican que, tanto la Municipalidad de Bahía Blanca como el Honorable Concejo Deliberante, reconocen:

– la existencia de una situación de crisis que se extiende hasta el presente;

-que desde el Estado municipal se cuenta con herramientas legales para atender esta situación;

-que hay una situación dispar entre sectores económicos. 

Vale enfatizar que ninguno de los sectores enunciados en las diversas ordenanzas contempla a los antes sugeridos como plausibles de ser afectados por la sobretasa extraordinaria. Es decir, no se han identificado -en el curso de más de un año de pandemia- como sectores que atraviesen una situación crítica.

Vale resaltar que todas las medidas enunciadas se orientaron a un alivio de carga tributaria local, sin aportar recursos que permitan aliviar la situación de crisis. Justo por ello, las disposiciones erosionan la capacidad fiscal del Estado municipal, sin considerar que algunos sectores de actividad que no están en crisis pueden aportar de manera diferencial para salir de la situación. El efecto combinado de esta situación es que sectores afectados por la crisis no reciben apoyo económico suficiente y el Tesoro municipal se ve deteriorado en la recaudación.

Una suba extraordinaria de determinadas tasas ante la situación de emergencia (reconocida por la Municipalidad y el Concejo Deliberante) permitiría abordar ambos problemas. Por otro lado, se evitaría un derroche de estos recursos dándole un destino pre-establecido.

Los destinos sugeridos son ayudas económicas a trabajadores/as de la salud, el sector de la cultura y los comedores comunitarios. Estas prioridades surgen de la decisión plenaria tomada por la Multisectorial por una tasa extraordinaria para enfrentar la crisis económica y sanitaria en el marco de la nueva ola por covid-19 en Bahía Blanca.

Resulta inverosímil que una sobretasa excepcional modifique cualquier decisión de inversión no especulativa en la ciudad. Ninguno de los sectores antes sugeridos detendrá sus actividades por una medida de este tipo. Son sectores que en muchos casos, además, reciben otros beneficios fiscales del Estado nacional o el municipal.

En un sentido opuesto, los sectores beneficiarios probablemente gasten todo lo recibido en la propia ciudad, de modo que no solo mejorarían su situación relativa sino que promoverían la actividad económica local, apuntalando la recuperación o, al menos, amortiguando la caída.

En resumidas cuentas, es posible, necesaria y urgente la aplicación de una sobretasa extraordinaria en Bahía Blanca porque:

  • es una medida que sigue las recomendaciones más actuales de los más diversos organismos multilaterales e internacionales;
  • colabora a ampliar el espacio fiscal para las políticas públicas, impulsa la economía local, reduce la dependencia de las arcas municipales de la coparticipación o la toma de deuda;
  • mejora la cohesión social, reduce las brechas de desigualdad y la situación de indigencia, repara parcialmente la fuerte regresividad del sistema tributario argentino;
  • tiene antecedentes recientes a nivel nacional pero también de municipios de la misma provincia;
  • no implica la creación de un nuevo tributo, de modo que no afecta a la seguridad jurídica, sino que se trata de un cambio eventual de alícuotas de tasas existentes;
  • se promueve en un contexto de crisis, donde la inestabilidad e incertidumbre es una regla para la mayoría, con una emergencia sanitaria y económica reconocida por el propio gobierno municipal;
    • se le impone a sectores que han ganado en medio de una crisis social de escalas históricas;
      • permite recomponer las arcas municipales, afectadas por la misma crisis;
      • las exenciones de pago de tributos locales a sectores afectados no es suficiente, porque no permite recomponer los ingresos;
      • los sectores señalados han estado fuertemente afectados por la crisis sin recibir compensaciones ni retribuciones por su esfuerzo o sacrificio.

Por todo lo expuesto, solicitamos que en forma urgente se analice y se delibere la presente propuesta, previa citación a representantes de la Multisectorial, para permitir la participación, las explicaciones y los aportes necesarios para su aprobación y/o debate.

Anexo:

Antecedentes de tasas extraordinarias en municipios de la Provincia de Buenos Aires (copiar del documento)

 

Fecha Municipio Intendente Destino Base imponible
marzo    de 2020 Castelli Francisco Echarren    – FdT Fondos para el hospital municipal Productores rurales en relación a superficie de las unidades productivas, con valores de entre 8 mil y 44 mil pesos. $42 por hectárea, con un máximo de $44.000 por inmueble, a partir de las 50 Ha
mayo     de 2020 25 de mayo Hernán Ralinqueo – FdT Aportes        ante        la emergencia sanitaria Actividades que no se suspendieron. $60 fijos x partida o habilitación

 

mayo     de 2020 General Lavalle José Rodríguez Ponte         – UCR/JxC Fondos para ayudar a la salud, a la emergencia alimentaria y a la seguridad Suma de $5.000 para los contribuyentes que tengan una facturación de $3-6 millones     anuales     y     de$10.000 para los que superen esa suma. Aquellos contribuyentes que les corresponda abonar más de$150.000 por el período 2020, el valor se establecerá en el 5% de los montos que correspondan pagar en forma anual. En cambio, quienes paguen más de 300.000, el valor será del 10% de los montos que correspondan abonar en forma anual. No se aplicarán al sector rural. Una suma fija de $5.000 a pagar en 2 cuotas para el sector pesquero.
mayo     de 2020 Hurlingham Juan Zabaleta     – FdT Reforzar            partidas sociales, alimentarias y sanitarias Bancos y entidades financieras. Aumento de 50% en las tasas municipales.
mayo     de 2020 Lanús Néstor Grindetti     – JxC Alivio de tasas a PyMEs Empresas cuya facturación supere los $50 millones y que hayan tenido actividad comercial normal durante la época de cuarentena por el Coronavirus. Abarcaría a entidades             financieras, bancos, supermercados e hipermercados de más de 2 mil metros cuadrados y empresas de telefonía móvil e internet. 300 empresas en total. Un aumento del 30% de las tasas municipales por 6 meses

 

mayo     de 2020 Tres        de Febrero Diego Valenzuela – PRO/JxC Reducción del 30% tasa seguridad e higiene para 2500 PyMEs y comercios afectados por la cuarentena. Deben tener ingresos inferiores a $5 millones durante 2019 y que tengan una facturación bimestral igual o inferior a la que tuvieron en el mismo bimestre del 2019 Grandes contribuyentes que hayan tenido ingresos superiores a $50 millones durante 2019 y que tengan una facturación bimestral igual o superior a la que tuvieron en el mismo bimestre de 2019.
junio      de 2020 Trenque Lauquen Miguel Fernández – UCR/JxC Compra de insumos y equipamiento de Salud Bancos privados, entidades financieras y similares; supermercados               cuya superficie habilitada supere los 150 metros cuadrados; distribuidoras mayoristas de alimentos; industrias de más de 100 empleados; los titulares de dominio, usufructuarios, poseedores a título de dueño, condóminos y las sociedades, que posean 5 o más inmuebles (quedan exceptuadas las entidades sin fines de lucro) y las empresas prestadoras de servicios de telefonía y/o internet y/o cable que resulten alcanzadas por el derecho de ocupación de espacio público. Total de 48 empresas y 314 personas
junio      de 2020 Vicente López Jorge Macri- PRO/JxC 2000              comercios cerrados por ASPO, con dos cuotas de $10.000 Grandes                            superficies comerciales y cadenas de distribución de más de 900 metros cuadrados, el aumento fue del 50%, mientras que para los sectores bancarios y financieros, las tasas aumentaron un 16%

 

septiembre de 2020 Laprida Pablo Torres – FdT “Bono estímulo” COVID-19 a los empleados comunales: $12.000 para todos/as, $17.000 para esenciales. 414 productores rurales dueños de más de 400 Ha, pagan $35 por Ha. Contribución extra a grandes empresas “de capitales no lapridenses”:           empresas Telefónica, Movistar, Claro, DirecTV, Cablevisión, Banco Nación, Banco Provincia, Camuzzi Gas Pampeana y EDES, tendrán que abonar$35 por usuario de Laprida.

 

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