Qué pasa si compro dólares con el IFE de Anses

Durante una reunión del gabinete económico encabezado por Santiago Cafiero, la directora de Anses, María Fernanda Raverta, habló respecto al impacto que genera la entrega del IFE, pero además despejó dudas sobre la posibilidad de inhabilitar la compra de dólares con el bono de $10000 del IFE: «No es potestad del organismo corroborar si beneficiarios del IFE están comprando dólares para atesoramiento».

Al mismo tiempo, Raverta descartó el riesgo de perder el beneficio por tomas de tierras, propuesta que había sido sugerida por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa: «Es impracticable vincular a las personas que toman tierras con la base de datos de Anses», sostuvo la funcionaria.

Restricción de la compra de dólares para beneficiarios del IFE

La medida tomada a mitad de año por el Banco Central cuando restringió la compra de dólares para quienes cobran el IFE no está vigente.

La prohibición de la entidad monetaria se enfocaba en desmantelar a «la mafia de los coleros digitales». Desde el BCRA detectaron una red que paga para utilizar CUIT de terceros y hacerse de sus USD200 mensuales, sorteando así el cepo.

Cuentas bloqueadas para comprar dólares

Previo a realizar el anuncio de la restricción de beneficiarios del IFE a la compra de dólares, (que hoy no se aplica), el BCRA bloqueó el acceso al mercado de cambios a un importante número de personas ante la sospecha de que vendían su cupo mensual. Les iniciaron sumarios y evalúan caso por caso la posibilidad de recurrir a la Justicia por violación de la ley cambiaria.

Según pudo saber BAE Negocios, la medida destinada a los beneficiarios del bono de $10.000 estaba por aprobarse en la habitual reunión del directorio del BCRA. Pero tras filtrarse a la prensa un día antes y generarse un fuerte revuelo por la posible «estigmatización» a quienes cobran la ayuda económica, el Central decidió recalcular.

Restricciones para la compra y venta de dólares

  • Personas físicas o jurídicas tienen restringido el acceso a cotizaciones bursátiles o a la compra y venta de dólares en el mercado formal durante un período de 30 días.
  • Por medio de una declaración jurada, los clientes constantan a las diferentes entidades bancarias que:
  • Ese día y en los 30 días corridos anteriores no han efectuado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior;
  • Se compromete a no efectuar esas operaciones a partir del momento en que requiere el acceso y por los 30 días corridos posteriores.

La medida alcanza a:

  • Quienes hayan comprado dólares en el banco (con el límite mensual de 200) no pueden comprar dólar MEP o CCL por 30 días.
  • Quienes hayan operado dólar MEP o comprado títulos en dólares (AY24D, AO20D, DICAD, por ejemplo) en los 30 días previos, no pueden comprar dólares en el banco.
  • Quienes hayan comprado 200 dólares en los 30 días previos, y estén en bonos en dólares, no pueden venderlos hasta que pasen 30 días

Fuente. BAENegocios

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