Los detalles de cómo se instrumentará la reducción de Ganancias

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó este jueves en el Boletín Oficial la resolución 3770 que instrumenta los cambios en la percepción del Impuesto a las Ganancias anunciados el martes pasado por el ministro de Economía y Finanzas de la Nación, Axel Kicillof.

Para el cálculo de las deducciones la resolución estableció seis escalas salariales: entre $ 15 mil y $ 18 mil (deducción $ 9.331,20); entre $ 18 mil y $ 21 mil ($ 8.957,95); entre $ 21 mil y $ 22 mil ($ 8.584,70); entre $ 22 mil y $ 23 mil ($8 .211,46); entre $ 23 y $ 24 mil ($ 8.024,83) y entre $ 24 mil y $ 25 mil ($ 7.838,21).

La deducción que se aplicará a quienes cobren entre 15 mil y 25 mil pesos ascenderá a un 20% de las deducciones establecidas en el artículo 23 del Impuesto a las Ganancias.

En la resolución, se dispone «un procedimiento especial» para el cálculo de las retenciones en concepto de Ganancias «que implique la reducción progresiva del impuesto a las Ganancias para los asalariados y jubilados con remuneraciones y/o haberes brutos mensuales superiores a la suma de 15 mil pesos y que no superen la suma de 25 mil pesos».

Para el cálculo se tendrá en cuenta «la mayor de las remuneraciones y/o haberes mensuales devengados en el período enero a agosto de 2013, ambos inclusive, aun cuando hubiere mediado un cambio de empleado». La nueva disposición será efectiva exclusivamente para quienes hayan percibido en ese periodo una remuneración y/o haber bruto mensual superior a la suma de 15 mil pesos y no superior a los 25 mil pesos.

Asimismo no se tendrá en cuenta para ese cálculo lo percibido como adicionales tales como horas extras, bonos especiales y otros. En ese sentido la resolución indica que «se considerarán las remuneraciones mensuales, normales y habituales, entendiéndose como tales aquellas que correspondan a conceptos que se hayan percibido, como mínimo, durante al menos 6 meses de ese período». En caso en que durante ese periodo no se hayan devengado remuneraciones de manera regular se considerarán los conceptos percibidos como mínimo en el 75% de los meses involucrados.

Otro punto clave gira en torno al decreto 1242 de agosto de 2013 que fijó en 15 mil pesos el mínimo no imponible de Ganancias y que mantenía afuera del tributo quienes antes de esa fecha ganaban menos de ese monto pero que en la actualidad lo hubieran superado.

En ese sentido la nueva disposición estipula que quienes hoy cobran más de 15 mil pesos aun cuando antes de agosto de 2013 cobraran menos, comenzarán a tributar con el nuevo régimen y se tomará como base de cálculo los haberes percibidos a partir del 1º de enero de 2015. Sin embargo el nuevo régimen se aplicará exclusivamente para quienes no perciban salarios superiores a los 25 mil pesos.

Fuente: Minitouno

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