Arrepentidos y menos poder a los clubes

El bochorno de la suspensión de la vuelta de la final de la Copa Libertadores entre Boca y River, tal y como lo calificó hoy el presidente Mauricio Macri, le dio al Gobierno el impulso para buscar reflotar el proyecto de ley para tipificar específicamente los delitos cometidos y relacionados a las barras bravas.

 
Bullrich, Macri y Garavano durante el anuncio.

El proyecto, que ingresará nuevamente al Congreso en diciembre con el paquete de leyes que irán para las sesiones extraordinarias y que fue anunciado hoy por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano, y por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, estipula entre otras cosas la aplicación total del derecho de admisión pero bajo la órbita del ministerio de Seguridad. Es decir que, en vez de depender de los clubes, será el Ejecutivo el que lo reglamente y lo aplique.

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En cuanto a las sanciones se prevé una pena de seis meses a dos años de prisión a quienes tengan armas blancas en las inmediaciones del espectáculo y de dos a seis años los que posean armas de fuego. Asimismo, se tipificará impedir que se interrumpan los espectáculos, tal y como sucedió como consecuencia de la agresión el sábado, con ocho años de prisión a las personas que lo hagan. Los dirigentes y los jugadores también quedarán expuestos a una pena de uno a tres años de encierro si se comprueba que le facilitaron entradas a las barras bravas.

En el proyecto también se detalla la figura del arrepentido para dar con las organizaciones. Si un detenido, miembro de una barra, quiere que su pena sea reducida a la mitad o a un tercio (dependiendo si lo que se pide es la máxima o la mínima) puede declarar como arrepentido en el caso de que “brinde información o datos precisos, comprobables y verosímiles que contribuyan a esclarecer el hecho objeto de investigación u otros hechos en los que se investiguen conductas tipificadas en la presente ley; revelar la identidad o el paradero de autores, coautores, instigadores, partícipes o encubridores de estos hechos investigados o de otros conexos, proporcionando datos suficientes que permitan un significativo avance de la investigación; averiguar el destino de los instrumentos, bienes, efectos, productos o ganancias del delito; o indicar las fuentes de financiamiento de organizaciones criminales involucradas en la comisión de los delitos previstos en esta ley”, de acuerdo al proyecto de ley.

A lo largo de los 25 artículos la ley endurece las penas para barras, dirigentes, empleados y hasta jugadores de todas las entidades deportivas desde lo penal y no en lo económico como suele suceder. Para evitar que se desactualice se estipula que la unidad fija a considerar será el equivalente al salario mínimo, vital y móvil al momento de que sea impuesta. Hoy en día esa unidad tendría un valor de $11.300.

Fuente: bigbangnews.com

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