Monotributo AFIP 2022: cuánto habrá que pagar desde enero
Con los últimos datos sobre cómo se ajustarán los haberes por la movilidad jubilatoria y la publicación del índice trimestral correspondiente a diciembre, se dio a conocer cómo debería ajustarse a partir de enero 2022.
Con los últimos datos sobre cómo se ajustarán los haberes por la movilidad jubilatoria y la publicación del índice trimestral correspondiente a diciembre, se dio a conocer cómo debería ajustarse a partir de enero 2022 los parámetros y el importe a pagar del Monotributo. Según trascendió, el incremento que aplicará la AFIP sería del 52,7% a partir de enero 2022.
Desde 2018, las variables del régimen del monotributo se ajustan cada mes de enero según el incremento acumulado por las jubilaciones del sistema general de la Anses en el año previo. En 2021, el índice de movilidad fue de 8,07% en marzo, 12,39% en junio y 12,12% en septiembre, y será de 12,11% en diciembre. Por ende, el nivel de suba que se les debería aplicar a los valores de facturación admitida en cada categoría sería del 52,67%.
De esta forma, es posible estimar que las facturaciones máximas para estar en el régimen llegarán a $ 3.969.420 (actividades de servicios) y $ 5.648.790 (monotributistas dedicados al comercio). Percibir ingresos superiores obligará a los contribuyentes a dejar el sistema del monotributo para pasar al régimen general. En la categoría más baja, se podrá tener ingresos de hasta $ 564.879, mientras que en la B el tope será de $ 839.685 anuales.
Escalas del monotributo 2022
Por otra parte, los valores de lo que se paga mensualmente, sumando el componente impositivo y los aportes a la obra social y al sistema jubilatorio, se ubican desde julio en un rango que va de $ 2.646,22 (categoría A, cualquiera sea la actividad) a $ 19.912,74 (categoría K, solo admitida para comercio). En 2022 pasarán a ubicarse en cifras de entre $ 4.040 y $ 30.401, aproximadamente.
AFIP extiende beneficios para los contribuyentes
La AFIP extendió un conjunto de beneficios destinados a facilitar y agilizar distintos trámites que realizan las y los contribuyentes. Las herramientas previstas en tres resoluciones generales que serán publicadas el próximo lunes en el Boletín Oficial, se encuentran vigentes desde el año pasado en el marco de la emergencia sanitaria.
Exclusiones monotributo
Hasta el 3 de enero de 2022 se mantendrán suspendidas las exclusiones de oficio de monotributistas. La Resolución General Nº 5108 también establece que ningún monotributista será dado de baja del régimen por falta de pago en diciembre de 2021.
Planes de Facilidades
Los beneficios en las condiciones de los planes permanentes de pagos para quienes desarrollan actividades críticas continuarán vigentes hasta el 31 de enero de 2022. La resolución, que busca asistir a las empresas afectadas por la pandemia, mantiene suspendido el requisito que establece que las cuotas mensuales de los planes no pueden superar el 25% del promedio de ingresos mensuales de cada contribuyente.
Presentaciones Digitales
La obligatoriedad del uso de la plataforma que permite a los contribuyentes realizar gestiones online sin necesidad de concurrir a una dependencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2021. Los beneficios de la Resolución General Nº 5105 alcanzan a los más de 90 trámites disponibles para realizar a través del servicio de presentaciones digitales. El servicio ofrece la posibilidad de iniciar un nuevo trámite, completar la información de uno anterior, visualizar en qué estado se encuentra, cancelarlo o guardar una copia de respaldo, entre otras opciones.
Datos Biométricos
Hasta el 31 de diciembre de 2021 se renueva la vigencia de la excepción de registrar los datos biométricos. De esta forma, los ciudadanos no deben concurrir a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar.