La Conmebol rechazó el planteo de Boca y la final se juega en España

La Conmebol rechazó hoy el planteo de Boca para que se descalifique a River, con lo que el campeón de la Copa Libertadores se definirá en la cancha. La final sería el 9 de diciembre en el estadio Santiago Bernabéu de Madrid, con ambas hinchadas.

Además de desestimar la presentación del club xeneiza, el Tribunal de Disciplina del ente rector del fútbol sudamericano multó a River con 400 mil dólares y dos partidos de suspensión para el Monumental por los incidentes del pasado sábado. La sanción contra el estadio de los de Nuñez corra a partir de 2019, por lo que no se contabiliza la revancha de la final, que se jugará fuera del país. La multa será debitada en forma automática de los ingresos de TV o de sponsoreo.

La Cámara de Apelaciones de la Conmebol es la instancia superior a la que podrían apelar Boca, en el caso del rechazo de su pedido; y River, en cuanto a la sanción económica y contra su estadio. Hay siete días para apelar. De este modo, la Conmebol dejó en claro que quiere que el campeón de la Copa se dirima en el terreno de juego, contrario a los deseos de Boca.

El partido no se jugó por la agresión al micro de Boca cuando se dirigía hacia el Monumental para la revancha, tras el empate 2 a 2 en la ida en La Bombonera. El club de la Ribera se negó a jugar el partido porque algunos de su jugadores tenían heridas y no estaban dadas las condiciones. Entonces se produjo la primera suspensión y el partido fue reprogramado para el día siguiente. El domingo tampoco se jugó y Boca inició la ofensiva para conseguir el trofeo en el escritorio a través de la sanción a River.

Ahora queda definido que no hubo margen para ese pedido. Daniel Angelici, el presidente de Boca, había anticipado incluso su decisión de llegar al Tribunal Arbitral del Deporte (TAS). Quedará por ver si sigue en esa tesitura o si acata la fecha del partido reprogramado.

La desestimación del planteo de Boca

EL Tribunal de Disciplina de la CONMEBOL,

RESUELVE

1º. NO HACER LUGAR a lo peticionado en la denuncia presentada por el CLUB 

ATLÉTICO BOCA JUNIORS, en fecha 25 de noviembre de 2018 y su ampliación

presentada en fecha 27 de noviembre de 2018.

2º. ORDENAR al Departamento de Competiciones de Clubes de la CONMEBOL la

reprogramación del Partido Final de vuelta de la CONMEBOL Libertadores 2018 entre el

Club Atlético River Plate vs. Club Atlético Boca Juniors.

3º. NOTIFICAR al Club Atlético Boca Juniors, Club Atlético River Plate y al Departamento

de Competiciones de Clubes de la CONMEBOL.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL en el

plazo de siete días corridos desde el día siguiente a la notificación del presente fallo puesto

que el mismo ya ha sido notificado con sus fundamentos. El recurso deberá cumplir con las

formalidades exigidas en los artículos 59 y siguientes del Reglamento Disciplinario de la

CONMEBOL. De conformidad con el Art. 63.5 del Reglamento Disciplinario de la

CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 1.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES

MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria

Eduardo Gross Brown, Presidente, Amarilis Belisario, Vicepresidente y  Cristóbal Valdes, Miembro

 

La sanción a River

El Tribunal de Disciplina de la CONMEBOL,

RESUELVE

1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una sanción consistente en jugar sus

próximos 2 (dos) partidos como local en competiciones oficiales organizadas por la

CONMEBOL a puertas cerradas. Esta sanción iniciará su vigencia a partir del año 2019.

En consecuencia, única y exclusivamente podrán acceder al estadio las siguientes

personas o grupos de personas:

a) Un máximo de 70 (setenta) miembros de la delegación del CLUB ATLÉTICO

RIVER PLATE, incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico,

restantes oficiales y directivos del Club.

b) Un máximo de 20 (veinte) personas en su condición de directivos o miembros

de la Asociación del Fútbol Argentino.

c) Periodistas acreditados, siempre y cuando la lista de acreditaciones con los

detalles y la identidad de los periodistas haya sido entregada al Delegado de

la CONMEBOL con al menos 24 (veinticuatro) horas de antelación a la hora

de inicio del partido. Los periodistas deben realizar su trabajo en los lugares

habituales de labor.

d) Personal técnico encargado de la transmisión televisiva del encuentro.

e) 12 (doce) Pasapelotas.

f) Policías y empleados de seguridad que tengan asignadas tareas específicas en

relación con la seguridad del partido.

g) Personas que desempeñan funciones en relación con la infraestructura del

estadio (iluminación, limpieza, etc.)

h) La delegación de los equipos visitantes hasta un máximo de 70 personas

incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico, restantes oficiales y

directivos del Club.

2º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una multa de USD 400.000

(CUATROCIENTOS MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa

será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO RIVER

PLATE de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

3º. NOTIFICAR, al Club Atlético River Plate y a la Dirección de Competiciones de Clubes de la

CONMEBOL.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL en el

plazo de siete días corridos desde día el siguiente a la notificación de la decisión con

fundamentos. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en los artículos 59 y

siguientes del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art.

63.5 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 1.000

(DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia

bancaria.

Eduardo Gross Brown, Presidente, Amarilis Belisario Vicepresidente y Cristóbal Valdes,  miembro

Fuente: Página 12

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