La Provincia jubila de oficio a casi 1.500 docentes y 400 auxiliares

A partir de una serie de resoluciones de la Dirección General de Cultura y Educación, el Gobierno bonaerense resolvió jubilar de oficio a casi 1500 docentes y 400 auxiliares de establecimientos educativos. De acuerdo a lo detallado por fuentes oficiales, la medida alcanza a agentes que, desplazados desde hace varios años de sus labores habituales, reportan tareas livianas o pasivas y acreditan la franja etaria y años de servicio previstos para la pérdida de estabilidad.

Asimismo, se apuntaría con esto a la generación de vacantes en el servicio educativo, reclamo que vienen realizando los gremios docentes. Más allá de esto, voces de la Federación de Educadores Bonaerenses (FEB) se mostraron en alerta. En declaraciones a este medio, manifestaron que están estudiando la medida para conocer a qué tipo de jubilación accederán, si se será ágil el trámite de cobro de activo a pasivo.

Fuentes confiables detallaron que algunos de los docentes y auxiliares cesanteados arrastraban más de diez años alejados de sus cargos habituales y que casos como esos obstaculizan las titularizaciones pendientes de larga data.

Para esto, la resolución 204 de la cartera conducida por Alejandro Finocchiaroremarca que “el docente que alcanza los requisitos establecidos en la legislación vigente en materia jubilatoria para obtener la prestación ordinaria o por edad avanzada, pierde el derecho a la estabilidad, pudiéndose disponer su cese por esa causal” y que “el acceso a la prestación ordinaria del personal docente” resulta “el peldaño óptimo al cual puede acceder el docente en actividad”.

Por otro lado, las resoluciones 219 y 220 determinan que a partir del 30 de junio de 2016 se efectuará el cese de los auxiliares y docentes, quienes tendrán un plazo máximo de diez días corridos desde este martes (fecha en que se publicó la medida en el Boletín Oficial) para presentar ante la Dirección Provincial de Recursos Humanos la documentación necesaria a fines de adherirse a los beneficios de la jubilación.

Asimismo, se determinó que en los casos en que el personal docente se halle involucrado en actuaciones sumariales, “la causal de cese se encuentra condicionada al resultado de las mismas, reservándose la Dirección General de Cultura y Educación la facultad de modificar la causal en los términos del artículo 141 de la Ley 10.579 y sus modificatorias”.

Fuente: LetraP

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