El seguro que reemplaza la indemnización será optativo
Más allá de las generalidades del producto se podrán cambiar las condiciones por sector, según quede establecido en el convenio. «El empleado podrá adherir o no al producto. Es totalmente voluntario», agregó. «Un mismo convenio puede habilitar diferentes sistemas (ya sea un seguro o un FCI, por ejemplo) y que el empleado elija entre ellos», detalló.
Y señala que las condiciones del producto pueden variar adecuándose a cada convenio colectivo y el empleado adhiere de forma voluntaria. Cada convenio definirá cómo se toman los años de trabajo anteriores.
¿Qué dice la reforma laboral?
El Fondo de cese reglamentado por el Congreso a fines de septiembre último establece que mediante convenio colectivo las partes podrán sustituir la indemnización de la Ley 20.744 por un fondo de cese.
Los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado a su costo a fin de solventar la indemnización prevista en el presente artículo y/o la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo conforme artículo 241 de la ley 20.744.
En todos los casos, las empresas podrán auto-asegurarse en el sistema que se defina.