Cuánto le cuesta el veto al jubilado
La ley vetada disponía un haber mínimo móvil de 317 mil pesos. Si no se renueva el bono, cada jubilado cobrará 83.281 pesos menos
Al establecer una recomposición para todos los haberes jubilatorios del 7,2 por ciento, la ley que vetó Javier Milei le garantizaba un aumento extra a todos los jubilados, cualquiera fuera su nivel de ingreso, en ese porcentaje. Pero, como además, en la misma ley vetada se fijaba una jubilación mínima equivalente a una canasta básica total de un adulto más un 9 por ciento, ello suponía fijar para septiembre un haber mínimo de 317.704 pesos.
Vetada la nueva ley, los jubilados de la mínima cobrarán un haber de 234.423 pesos más el bono de 70.000 pesos, si el gobierno decide mantenerlo y en su nivel anterior. En ese caso, la pérdida sería de 13.281 pesos tan solo en el mes. Pero, como el bono es de otorgamiento «discrecional» y todavía no se informó cuál será el criterio del Ejecutivo a aplicar este mes, si decidiera discontinuarlo la pérdida entre lo que cobre un jubilado de la mínima y lo que le hubiera tocado bajo el régimen de la nueva ley que se vetó, sería de 83.281 pesos.
La ley 27.756 aprobada en el Congreso por amplia mayoría (en junio en Diputados, en agosto en el Senado) establecía, en la práctica, incorporar el bono de 70.000 pesos (el valor en el que el gobierno lo congeló a partir del pasado mes de marzo) al haber jubilatorio, eliminando la discrecionalidad que tiene el presidente de la Nación de decidir, mes a mes, si lo mantiene y, en ese caso, a qué valor.
Las normas vetadas
Las tres modificaciones principales que disponía la nueva ley para establecer la fórmula de movilidad eran:
- Un aumento extra del 7,2 por ciento para todos los haberes
- Una jubilación mínima atada a la valuación de la canasta básica total de un adulto equivalente más un 9%
- Una cláusula gatillo a aplicar en marzo de cada año, si la evolución salarial (RIPTE) del año anterior hubiera superado la inflación
Para el mes de septiembre, el valor de la Canasta Básica Total a tener en cuenta sería el de julio: $291.472 (según el Indec). El 109% de la CBT es $317.704. Ese sería, en consecuencia, el piso para las jubilaciones de este mes.
Bajo el régimen actualmente vigente, dispuesto por el DNU 274/24, la jubilación mínima resultante para septiembre es de 234.423 pesos. Si a ello se le suma un bono, o no, está supeditado a la decisión de Milei. El propio Milei se ocupó de recordar que su otorgamiento, o no, es una cuestión «discrecional» en manos del Ejecutivo. «Sólo habrá bonos en función de cómo viene la situación y cómo vienen los números fiscales», dijo en una entrevista televisiva. Y no vienen bien, aparentemente, a juzgar por la decisión que tomó de vetar la Ley 27.756.
Si no hay bono, los jubilados de la mínima ya habrán perdido 83.281 pesos con respecto al piso de haberes que disponía la ley vetada. Esto es, el equivalente a un recorte del 26 por ciento del vetado piso de haberes.
Para los jubilados que ya cobraban más de la mínima sumada al bono, no lo afectaría el piso de haberes pero sí la no aplicación del aumento adicional de recomposición, por la inflación de enero que, con el decretazo de Milei, sólo entró en el cálculo parcialmente. Si a una jubilación que en agosto hubiera sido de 700 mil pesos, por dar un caso, se le hubiera aplicado en septiembre –como establecía la Ley 27.756– el ajuste por inflación de julio del 4 por ciento más un adicional del 7,2 por ciento, le hubiera correspondido alcanzar este mes a 780.416 pesos. En cambio, después del veto, quedará tan sólo en 728 mil pesos: una pérdida de haberes de 52.416 pesos sólo este mes. Pérdida que se reiterará en todos los meses siguientes, actualizada.
Errores de cálculo
Vale señalar que el cálculo del 7,2 por ciento surge de comparar la inflación de enero, de 20,6 por ciento, con la recomposición definida por el gobierno cuando dispuso el cambio de la fórmula, salteando la actualización por el primer mes del año. En compensación, otorgó un aumento extra «por única vez», del 12,5 por ciento.
En realidad, el porcentaje a recuperar era la diferencia de puntos porcentuales entre ambos incrementos: 8,1 puntos (20,6 menos 12,5), y no 7,2 puntos, que surgió de la comparación entre dos valores actualizados (a las tasas de 20,6 y 12,5 por ciento). Si a las jubilaciones vigentes por la «fórmula Milei» a agosto se le aplicaba el aumento del 8,1 por ciento más la inflación, se llegaba en septiembre aproximadamente al mismo valor que resultaba de la fórmula de movilidad anterior (253.225 pesos de haber mínimo). En cambio, aplicando la del 7,2 por ciento, la recuperación es parcial (251.300 pesos).
Cláusula gatillo
Finalmente, con el veto a la ley también cayó la cláusula por la cual en marzo de cada año se compararía la evolución del salario medio (RIPTE) con el ajuste por inflación aplicado a las jubilaciones durante el año anterior. Si la evolución salarial resultara mayor, se aplicaría un aumento a las jubilaciones.
Así, se garantizaba que a mediano plazo las jubilaciones pudieran recuperar poder adquisitivo a la par de la recuperación de los salarios en términos reales. Pero esta ventaja quedó vetada y, así, las jubilaciones en el régimen de ajuste instaurado por Milei sólo van a ir actualizándose al ritmo de la inflación, sin posibilidad de recuperarse en términos reales de sus pauperizados niveles actuales.
Según estimaciones de CEPA, en términos históricos los haberes actuales se ubicarían 30 por ciento por debajo de noviembre de 2019 y casi 50 por ciento más bajos que los de noviembre de 2015.