El verdadero déficit fiscal: los casi u$s200.000 millones en el exterior o en el colchón

Si descontamos los u$s69.000 millones declarados sobre el valor de u$s360.000 millones que publica el INDEC, tenemos unos u$s291.000 millones sin declarar por residentes argentinos fuera del sistema.

En esta oportunidad abordaremos un tema que de a poco se va instalando en toda la sociedad que es la evasión tributaria. La evasión tributaria, para definirla en forma sencilla y clara, es la maniobra fraudulenta e ilegal que ejercen determinados contribuyentes con el objetivo de no declarar sus impuestos en su justa medida.

Puntualmente dedicaremos el análisis en relación a los bienes o activos, en su mayoría financieros de residentes argentinos situados en el exterior o en el colchón sin declarar y la carga tributaria que ello podría generar. En síntesis, poner conciencia social donde radica, principalmente, el verdadero déficit fiscal del que tanto se habla.

Dólares fuera del sistema

Según lo manifestado por el reciente informe del INDEC, existe la suma de u$s 360.082 millones de activos financieros que poseen los sujetos que residen en nuestro país, tal cual se describe en el gráfico de abajo según el último informe disponible de Balanza de pagos, posición de inversión internacional y deuda externa al cuarto trimestre de 2021, de fecha 22/03/2022.

Ahora bien, si consideramos los bienes declarados por los argentinos según la última declaración de bienes personales según lo informado por la AFIP, los bienes declarados por los contribuyentes en el exterior, apenas llega a los u$s69.000 millones, tal como se muestra a continuación.

Con lo cual si descontamos los u$s69.000 millones declarados sobre el valor de u$s360.000 millones que publica el INDEC, tenemos unos u$s291.000 millones sin declarar por residentes argentinos fuera del sistema.

Para poder tomar dimensión de lo que esa cifra significa, veamos:

  •  Dólares de los Argentinos sin declarar: u$s291.000 (72% del PBI Total)
  • Dólares de los Argentinos sin declarar: u$s291.000 (más de 6 veces la deuda con el FMI)
  • Dólares de los Argentinos sin declarar: u$s291.000 (8 veces las Reservas del BCRA)

¿Qué significan esos dólares en la recaudación tributaria?

Un pequeño resumen normativo:

Nuestra legislación impositiva (ley 11.683) prevé un procedimiento tributario cuando se detectan bienes o activos sin declarar y los sujetos involucrados no pueden demostrar fehacientemente que dichos fondos han sido originados en una renta declarada (gravada o exenta).

Así la ley 11.683 dispone algunos elementos que ante la detección de bienes sin declarar se presuma una ganancia encubierta sobre dichos activos. La ley lo titula como “Incrementos patrimoniales no justificados” ya sea como bienes o activos sin declarar, pasivos inexistentes, acreditaciones bancarias sin su debida justificación o diferencias de inventarios, por mencionar los principales. Y si se trata de fondos provenientes de paraísos fiscales se presumirá en forma directa que esos fondos son incrementos patrimoniales no justificados.

En términos de ajuste fiscal, la ley 11.683, prevé que dichos bienes que han sido detectados y no declarados, con su respectiva valuación más un 10% en concepto de renta consumida, tributen el impuesto a las Ganancias y al Valor Agregado (IVA).

Si además conservo billetes en una cuenta bancaria o lo pongo en un fondo de inversión en el exterior o lo dejo depositado en una cuenta bancaria en un paraíso fiscal o de baja o nula tributación, ese monto también estaría sujeto al impuesto sobre el patrimonio, que conocemos como bienes personales que la alícuota llega a un 2,25% del valor del bien.

Para las administradoras provinciales también sería una base o fuente de recursos si esos ingresos no se declararan en forma correcta. En este ámbito del impuesto sobre los ingresos brutos, podría destinar una tasa promedio entre 3% o 4% sobre el monto percibido.

Además de ello, nuestro sistema tributario establece un recargo resarcitorio por la mora y sanciones, que van del 100% al 600% del impuesto dejado de ingresar, dependiendo del encuadre que se le dé a la conducta del evasor, ya sea mera omisión o evasión del impuesto.

En números: Un ejemplo muy sencillo del posible ajuste fiscal:

Para una lectura fácil y sencilla desarrollaremos un ejemplo. Si un contribuyente cobra en el país unos $100.000 y no emite la factura y no declara en sus impuestos correspondientes dicho ingreso por un servicio profesional o una comisión obtenida, según nuestra legislación nacional tributaria, podría encuadrar en la figura de evasión tributaria tanto del impuesto a las ganancias (renta) como del impuesto al valor agregado (consumo).

Si deseamos cuantificar (tomando tasas genéricas para una fácil lectura) el impuesto dejado de ingresar al fisco, tenemos un 35% para el impuesto a las ganancias, un 21% para el IVA, sobre la base de $100.000 más el 10%, o sea $110.000, lo que totaliza un impuesto de ganancias e iva de $61.600. y con respecto al impuesto patrimonial de bienes personales un 2% de bienes personales y un 3% del impuesto provinciales ingresos brutos, ello solo por los $100.000, es decir unos $5.000.

Todo ello totaliza impuestos dejados de ingresar de $66.600, es decir un 66,66%. Ahora el plato fuerte.

El ejemplo expuesto resulta necesario para poder comprender el encuadre legal y así cuantificar el posible impuesto dejado de ingresar a la AFIP por los fondos o dólares que están en el exterior sin declarar o fuera del sistema.

Siguiendo el esquema legal impositivo expuesto, esos fondos que no están declarados en la AFIP, que ascienden a los u$s291.000 millones y que llegado el caso no poseen documentación que logre justificar el origen de dichos fondos con una ganancia declarada ya sea gravada o exenta, quedarán sujetos a los impuestos descritos.

En números, los impuestos dejados de ingresar hacen presumir un monto total evadido de u$s194.000 Millones, solo de capital, o sea impuesto, lo que lógicamente, habría que adicionar el monto correspondiente a intereses resarcitorios y multas administrativas y para los casos que superen los montos del régimen penal tributario, estar sujetos a las sanciones penales allí dispuestas.

En resumen:

  •  Dólares de los Argentinos sin declarar: u$s291.000
  • u$s194.000 Millones de impuestos dejados de ingresar al fisco.

Para finalizar, recordemos que según los análisis efectuados para sancionar el aporte a las grandes fortunas se estimaba que la cantidad de argentinos que podían estar alcanzados no llegaba a los 13.000 contribuyentes. No sería tan descabellado pensar que estos fondos que se encuentran en el exterior sin declarar esté en manos de un número similar o incluso menor.

Estos 190.000 millones de Dólares, para poder concientizar de qué monto estamos hablando, representa casi el 50% de nuestro PBI.

Es hora de una vez por todas tomemos real conciencia, primero de que a la Argentina no le faltan dólares, sino que están el exterior; y segundo, de qué déficit fiscal discutimos si la mayoría de los recursos fiscales están sin declarar. La pandemia ha generado no solo en Argentina sino en el mundo, la necesidad de los países, de replantear sus esquemas tributarios y poner el foco de atención en tratar de erradicar la evasión o por lo menos de ir atenuándola, en búsqueda de gravar la renta en su justa medida.

No creo que la discusión de fondo deba pasar por 1% o 2% de déficit del PBI, cuando tenemos casi un 50% del PBI que omite o evade el impuesto. El verdadero déficit fiscal está en el exterior.

Por: Juan Pablo Futten Contador público especializado en temas tributarios

Fuente
ambito financiero

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