Bahía habilitó la reapertura de los salones de fiestas y eliminó restricción horaria

La comuna local dispuso por Decreto No 2357 y 2467/2020, la apertura de varias actividades, entre ellas la de los espacios de entretenimiento nocturno y salones de fiesta y eventos.

En tal sentido, la nueva normativa alude al anuncio de la semana pasada del gobernador de la Provincia de Buenos Aires por el que se fueron eliminadas las restricciones horarias establecidas en la Resolución N° 138/2021, a partir del día 27 del corriente mes.

La decisión de al administración bonaerense al igual que la del distrito se basa «en la buena situación epidemiológica que se registra en el territorio bonaerense, la cual registra una baja sostenida de casos de Covid».

En consecuencia, dice el decreto bahiense «se cree conveniente establecer las prestaciones que podrán brindar los comercios dedicados» a los salones de fiestas y eventos.

La nueva disposición establece puntualmente que:

«No se podrá superar el aforo fijado en el protocolo aprobado por Resolución No 1023/2020 dictada por el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires, con relación al factor de ocupación que posee el establecimiento, es decir 50 % del factor total.

En los salones de fiestas y eventos no se permitirá utilizar la pista de baile, limitándose cualquier actividad al sector circundante a cada mesa donde se encuentren ubicados los comensales, no pudiéndose desplazar dentro del local ni cruzar los límites con las mesas vecinas. De esta forma el espacio que ocupa cada mesa funcionará como una burbuja aislada, guardándose la distancia mínima de dos (2) metros entre cada una de ellas.

Se deberán respetar todos los protocolos establecidos para las actividades autorizadas por el presente instrumento, en prevención al COVID-19, como así también las medidas generales de distanciamiento determinadas en el Decreto Presidencial No 67/2021.

Los servicios de catering habilitados podrán brindar servicios en domicilios particulares, donde se realicen reuniones familiares al aire libre o en espacios cerrados con suficiente espacio y ventilación natural, hasta un máximo de cincuenta (50) personas, siempre que se cumplan con las medidas de distanciamiento fijadas en el Decreto 67/2021 del Poder Ejecutivo Nacional.»

Asimismo, faculta «a la Subsecretaría de Fiscalización de la Municipalidad de Bahía Blanca a generar la clausura preventiva de los locales habilitados, como así también de todo evento sea cultural, recreativo, social, religioso o de cualquier naturaleza que no cuente con la correspondiente autorización municipal y que no cumpla de manera manifiesta con los protocolos de higiene y seguridad en prevención al contagio por COVID-19, con lo detallado en el articulado del presente decreto, con las condiciones mínimas de seguridad y con la normativa vigente de los rubros a desarrollar».

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