En caso de trabajar el lunes 8 de julio, el empleado no cobrará el 100% del valor de las horas trabajadas (es decir que no cobrará doble esa jornada) sino que será como un día como cualquier otro.
Por el contrario, si el empleador no requiere que sus empleados asistan al trabajo igual les tendrá que pagar el día como si fuese cualquier otro en el calendario.
Los próximos feriados ”puente”, o días no laborables con fines turísticos, son el 19 de agosto y el 14 de octubre.
Fuente: Minutouno