Aborto: un derecho que queda a merced del juez de turno
En relación a las penas previstas para la mujer, en lugar de la vigente de 1 a 4 años, se establece de 1 a 3 años, es decir, se reduce el máximo en un año, lo que puede significar mayores posibilidades de que la pena de prisión no sea de cumplimiento efectivo, aunque depende del criterio judicial ya que como principio general, en el anteproyecto las penas son de cumplimiento efectivo. El proyecto que se discutió en el Congreso –rechazado en el Senado por cinco votos– establecía una pena sustancialmente menor: de 3 meses a un año con la posibilidad de ser dejada en suspenso a criterio judicial.
La abogada Patricia Bustamante, del Inecip, también resaltó que con respecto a los profesionales de la salud el anteproyecto es “persecutorio toda vez que incorpora dos figuras para penalizarlos”. Hasta ahora las figuras penales vinculadas con el aborto tenían que ver con su forma dolosa (es decir, con intención). En la propuesta que impulsa el macrismo al “crear el delito de aborto culposo, no sólo robustece el camino punitivo, sino que configura una directa amenaza a los profesionales intervinientes en las prácticas de salud, que ven una nueva figura delictiva que los involucra más allá de otras figuras penales que se les aplicarán ante la comisión de hechos dañosos por mala praxis, que ya están contemplados”, dice el pronunciamiento que recibió el ministro Germán Garavano.
Fuente. Pagina12