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Desdoblan el tratamiento ley que elimina impuestos a las tarifas

Los senadores de la provincia de Buenos Aires dejarán para una nueva instancia parte de las modificaciones planteada por la Gobernadora María Eugenia Vidal, aquella que establece las alícuotas que perciben los gobiernos locales de las empresas distribuidoras de energía eléctrica, pero sí aprobarían la eliminación de los percepciones provinciales en las tarifas de agua y luz.

Como se saber, los artículos 74 y 75 de la Ley N° 11.769, establecen el Régimen tributario provincial y municipal y el impuesto, un equivalente de lo recaudado por las prestadoras del servicio por la venta de energía eléctrica, que se traslada -en forma discriminada en la factura- a los usuarios bonaerenses.

La modificación del artículo 75 de esta ley, la contribución que abonaban mensualmente las empresas a las Municipalidades, pero que es trasladado a las facturas de los usuarios, iba a pasa de representar el equivalente al 6 por ciento de lo recaudado por la venta de energía eléctrica a ser sólo el 0,01 por ciento, un porcentaje simbólico.

Esta modificación será, en principio, tratada en comisión es su total dimensión. No es menor en monto que los intendentes reciben por este concepto pero también es cierto que será mucho mayor en función del aumento de las tarifas, por lo que habrá un análisis en detalle de esta cuestión.

Ayer, intendentes del oficialismo y de la oposición levantaron la voz para que se oiga el planteo en ese sentido. Ese 6 por ciento de las boletas que llega a las arcas municipales solventa el costo del alumbrado público. Sin esos dineros, se generaría un «bache» presupuestario, todavez que la planificación del gasto y de la recaudación municipal ya fue aprobada por los concejos.

En cambio si se avanzaría en los cambios propuestos para el artículo 74 de la norma donde se consigna que los agentes de la actividad eléctrica, por las operaciones de venta que realicen con usuarios o consumidores finales, abonarán mensualmente a la Provincia de Buenos Aires, una contribución equivalente al cero con cero uno por mil (0,01 o/oo), cuando hasta aquí está establecido en el seis por mil.

Además la reforma apurada por el Ejecutivo también avanzó sobre el artículo 57 de la ley 13404. Esa normativa establecía que la contribución que abonan mensualmente los prestadores de los  servicios sanitarios de agua y cloacas en jurisdicciones de concesión provincial, pero que se trasladan a la facturación del usuario, pasarán a representar el equivalente al 0,01 por ciento de sus entradas brutas, netas de impuestos, recaudadas por la venta de los servicios; cuando antes eran el 4 por ciento de esa recaudación.

El gobierno, de esta forma, pretendía operara cierta baja en los aumento de las tarifas que en el caso de la electricidad, la reducción iba a ser será de 15,7%: 10,4% se reducirá automáticamente a través de un decreto y el porcentaje restante será a través de la modificación de la Ley 11.769 que ahora quedó a mitad de camino.

En tanto que en  las facturas de gas, la baja será de 6,3% por decreto y respecto del agua, la disminución será de 6,2%: 3,1% por decreto y el 3,1% restante será a través de la modificación de la Ley 13.404 que efectivamente se sancionaría hoy.

Fuente: Infocielo

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