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La Junta oficializó las listas para octubre: la paridad de género será a medias

La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires oficializó las listas para las elecciones del 22 de octubre y emitió una resolución en la que respalda la decisión que tuvo a fines de agosto, cuando remarcó que en casos en los que se fusionaron dos o más listas que compitieron en las Primarias se iba a respetar la voluntad popular por sobre la ley de paridad de género a la hora de la nueva conformación de listas. Finalmente, avaló que haya la misma cantidad de hombres que de mujeres, pero en algunas listas el orden quedará alterado: no será “uno y una”.

En este nuevo capítulo de la polémica, la Junta Electoral bonaerense oficializó las nóminas para octubre y, por otro lado, emitió una nueva resolución en la que no hace lugar a las revocatorias presentadas a un fallo anterior del mismo organismo en el que estableció que, en las listas que se unifiquen, primará la voluntad popular por sobre la ley de paridad.

“Lo primero que debe advertirse es que la Resolución Técnica 114 –la de fines de agosto- en modo alguno cuestiona ni vulnera las previsiones de la ley 14.848”, dice la resolución dictada el martes 19 de septiembre.

Dice también que “lo que la Resolución Técnica reguló –la 114- es sobre el criterio que aplicaría solo en situación de conflicto y en los casos en que haya listas de las primarias que deban integrarse porque la minoría alcanzó un piso que le permite participar en la nómina de candidatos en la elección general y de la fusión surja que se respeta el cupo de género pero no podría en la totalidad de la nómina respetarse la alternancia y secuencialidad”.

“Ante la existencia de un planteo y gravamen concreto, cuando se cumpla el cupo, la alternancia y secuencialidad del binomio deberá ceder ante el orden establecido en las precandidaturas de las primarias por las razones explicitadas en la Resolución Técnica cuestionada, sin favorecer a un género en particular”, agrega la resolución de esta semana. Ese es el punto fundamental: el fallo de fines de agosto deja en claro que no se puede alterar la voluntad popular.

Lo que sucede ahora, con las listas oficializadas, es que la mayoría de las nóminas de las primarias fueron encabezadas por hombres. Entonces, a la hora de la fusión habrá más hombres que mujeres.

Por eso explicita que no se favorece a un género en particular. Si las listas hubiesen sido en su mayoría encabezadas por mujeres, este planteo no hubiera existido, pero los partidos políticos eligieron para un gran porcentaje de listas y sobre todo en las de candidatos a los concejos deliberantes que éstas sean encabezadas por hombres. Dicha decisión fue de los partidos políticos, no de la Junta Electoral.

Sin embargo, queda una instancia, el Frente Renovador y otros espacios políticos pidieron que la Suprema Corte de Justicia declare inconstitucional la resolución de la junta. Y esperará la decisión del máximo tribunal para dar por perdida la batalla.

El massismo, por ejemplo, fue a internas en los municipios de Berisso, Azul, Bragado, Coronel Rosales, Exaltación de la Cruz, Maipú, Lincoln, Villa Gesell, Trenque Lauquen y Salto, entre otros, y, como su junta electoral había presentado las listas fusionadas para octubre apoyadas sobre la paridad de género y el orden secuencial en binomios, no respeta tanto la paridad como el “uno y una”. En otros distritos y fuerzas políticas en cambio se ve alterado este mecanismo.

La Suprema Corte podría ser la última herramienta para que se respete tanto la paridad como el orden secuencial.

Fuente: Letra P

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