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Proponen financiación transitoria boleto educativo

Tras las declaraciones de la gobernadora de la provincia de Buenos Aires, María Eugenia Vidal, acerca de que la implementación del Boleto Educativo no es prioridad para el gobierno bonaerense, el bloque de Integración Ciudadana presentó un proyecto que apunta a que el municipio afecte parte de lo recaudado en concepto de R.A. Tasa de Seguridad e Higiene abonada por las empresas del Polo Petroquímico y en concepto de Comercialización de billetes de lotería y juegos de azar autorizados para que los estudiantes bahienses puedan acceder a la gratuidad del traslado en el  transporte público local.

“Resulta indispensable contemplar la financiación transitoria por parte del Municipio y el paralelo relamo a la Provincia”, especifica el proyecto.

Como se recordará, la ley 14.735 de Boleto Educativo dispone la creación de “un régimen especial de boleto para los usuarios del sistema de transporte provincial ferroviario, fluvial y de colectivo de pasajeros en sus servicios urbanos, suburbanos e interurbanos, destinados a alumnos pertenecientes a instituciones educativas públicas de gestión estatal y de gestión privada con aportes del Estado en todos los niveles, incluidos los de formación profesional y bachilleratos populares que tengan asiento en la Provincia de Buenos Aires”

En la ley se determina la gratuidad del boleto y está destinado a los estudiantes pertenecientes al nivel inicial, primario, medio, terciario, superior universitario, formación profesional y bachilleratos populares, que acrediten su condición de acuerdo a lo que establezca la reglamentación;

Por otro lado, en Bahía Blanca rige la ordenanza 18.253, que adhirió a lo dispuesto por la Ley sancionada en la Provincia de Buenos Aires, que establece la creación de un régimen especial de Boleto Educativo.

Tras la negativa de la gobernadora para implementar el boleto gratuito, se presentó el proyecto de ordenanza que habilita al ejecutivo comunal a afectar los fondos necesarios hasta que la provincia disponga de los recursos para enviar a las municipalidades.

La ordenanza:

Artículo 1: Dispóngase el financiamiento transitorio del Boleto Educativo creado por ley 14.735 por parte del Municipio de Bahía Blanca, hasta que disponga la Provincia la remisión de los fondos correspondientes, afectando parte de lo recaudado en concepto de R.A. Tasa de Seguridad e Higiene abonada por las empresas del Polo Petroquímico y en concepto de Comercialización de billetes de lotería y juegos de azar autorizados.

Artículo 2: El Departamento Ejecutivo realizará las gestiones correspondientes con el fin de que el financiamiento transitorio por parte de Municipio sea compensado vía  coparticipación de impuestos, ley 10.559.

Artículo 3: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las readecuacioens presupuestarias pertinentes a los efectos del cumplimiento de la presente ordenanza.

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