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¿Cuáles serán las nuevas penas para los casos de inseguridad vial?

La introducción de nuevos «agravantes» para aquellos casos en los que sea juzgado un caso de inseguridad vial permite contemplar algunos de los requerimientos de familiares de las víctimas, pero no eliminó las controversias: los jueces podrán seguir dejando penas en suspenso y excarcelar a los conductores.

Las nuevas penas irían -una vez aprobado el proyecto- de 3 a 6 años. En la actualidad la pena va de 2 a 5 años y las Madres del Dolor pedían que comenzara, la pena mínima, en 4 años, para evitar el excarcelamiento de aquellos conductores culpables.

De esta forma, quedará en la Justicia la potestad de aplicar o no penas en suspenso -hasta los 3 años-, según optaron los legisladores.

Además, se incorporaron agravantes tales como el consumo de alcohol por encima del permitido en la ley, consumo de estupefacientes, conducir al menos 30 kilómetros por hora por encima de lo permitido, o no respetar señales viales.

Un punto aparte es el agravante por darse a la fuga que será juzgado como abandono de persona, con penas que van de los 5 a los 15 años de prisión. Sin embargo, familiares de las víctimas consideraron que se incurrió en un error al no aclarar que «cualquier fuga» debe ser abandono de persona, ya que con esta modificación no quedarían alcanzados aquellos conductores que se fugaran pero cuyas víctimas fuesen asistidas por cualquier otra persona.

«Cuesta mucho aceptar el mínimo de tres años», advirtió Perrone, y planteó también la condición de alcohol cero para conducir, al precisar que se producen «20 muertes al día» por accidentes de tránsito. «Esto es un avance, pero no sé por qué les cuesta tanto aceptar que están matando a nuestros chicos», siguió Perrone ante los diputados.

La norma establece como agravante la presencia de 0,5 gramos de alcohol en sangre en profesionales y de 1 gramo para el resto de los conductores, cuando el límite legal es de 0 para profesionales y 0,5 gramos para los demás.

Los proyectos que se tuvieron en cuenta para la redacción de la iniciativa que finalmente obtuvo dictamen plantean una serie de conductas que se consideran imprudentes, negligentes y producto de la «culpa temeraria», un nuevo concepto que apunta a los casos donde el conductor, además de cometer el hecho, lo hace «a sabiendas de que está causando un daño».

Fuente: Minutouno

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