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Buscan introducir reformas en la ordenanza del servicio de taxis

La iniciativa impulsada por el concejal massista, Rafael Morini, propone la modificación del artículo 13º inciso “j” de la Ordenanza 15.431. De acuerdo con la modificación propinada, “Los conductores de taxi deberán asumir entera responsabilidad por las infracciones que produzca durante la prestación del servicio”. También indica que las mismas serán agregadas “al legajo del infractor luego de firmar en el tribunal de faltas al momento de abonarlas”.

Por otra parte, el proyecto contempla la modificación del artículo 21 de la Ordenanza, por el que “los titulares de legajo de taxi prestarán servicio desde una Parada autorizada por el Organismo Competente para tal fin”.

Además, especifica que el Ejecutivo comunal deberá fijar la ubicación de cada una de las paradas, con una distancia mínima de quinientos metros entre ellas. También prevé que “las nuevas o mini paradas serán otorgadas hacia afuera del ejido urbano.”

Otro artículo que se intenta modificar es el 22, el que quedará redactado de la siguiente manera: “La parada fija desde la que prestará servicio cada Taxi será definida exclusivamente por el Organismo Competente, ante quien deberá solicitarse autorización para el intercambio entre titulares. Se podrá incluir un anexo a la parada fija desde la que prestarán servicio los vehículos cuyo legajo haya sido asignado a la principal. El Organismo Competente podrá establecer refuerzos extraordinarios en horarios y lugares por razones de mayor demanda y mejor servicio”.

Por último, el edil apunta a modificar el artículo 33 inciso “f”.  Los vehículos afectados al servicio de Taxi deberán: f) En el caso de solicitar la sustitución del vehículo, motor y/o carrocería, estos deberán ser de un año igual o hasta 2 (dos) modelos anteriores dentro de los 10 (diez) años reglamentarios. Excepcionalmente, se autorizará por un plazo que no podrá exceder los sesenta días corridos, la prestación temporaria del servicio con un automóvil o motor provisorio; el Departamento Ejecutivo deberá autorizar la prestación y verificar que el elemento sustituido se halle comprendido dentro de la antigüedad exigida por esta ordenanza.”.

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