Según la resolución 3668 que se publicó ayer en elBoletín Oficial, el nuevo formulario F.8001 que pedirá la AFIP será solicitado en bares, restaurantes, hoteles, centros de estética, gimnasios, peluquerías y playas de estacionamientos.
Estarán alcanzados aquellos que estén autorizados a computar el crédito fiscal que surja de los consumos en los sitios alcanzados por la resolución. Elformulario F.8001 deberá ser completado por el cliente y el comerciante, quien luego deberá informar al organismo recaudador.
«El emisor podrá optar por hacer esas facturas ‘A’ en forma electrónica, consignando todos los datos específicos que se solicitan o bien continuar con sus métodos de facturación habituales y complementar los datos para la AFIP a través de un régimen informativo», explica la resolución.
La información deberá ser suministrada por trimestre calendario y el vencimiento para enviar los datos a la AFIP será hasta el día 15, inclusive, del mes inmediato siguiente al trimestre del que se trate.
Fuente: Ambito Financiero