Sexo seguro: cómo conseguir pastillas anticonceptivas en forma gratuita

Prevención de los embarazos no deseados es un punto fundamental desde el punto de vista de la salud a nivel país. Ya no se trata únicamente de un problema individual, que afecta a la mujer o a la pareja que queda embarazada, sino que es un situación que abarca a todo su entorno y también al Estado como financiador de los controles, tratamientos, consultas.

Precisamente por ese motivo en Argentina existe una ley que establece la entrega gratuita de la medicación anticonceptiva. La ley nacional n° 25.673 creó, en el año 2002, el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, en el ámbito del Ministerio de Salud. En ese contexto estableció una serie de pautas centrales para el cuidado de la salud sexual y reproductiva de la población nacional.

En su artículo n° 6 indica, así, que se deberá reforzar «la calidad y cobertura de los servicios de salud para dar respuestas eficaces sobre salud sexual y procreación responsable». En consecuencia, se deberán garantizar tres puntos fundamentales, que hacen a la protección y desarrollo de este aspecto de la salud.

En primer lugar, se debe establecer un adecuado sistema de control de salud para la detección temprana de las enfermedades de transmisión sexual, vih/sida y cáncer genital y mamario. A este fin, se realizarán el diagnóstico, el tratamiento y la rehabilitación que sean necesarios en cada caso particular.

En segundo lugar, señala que tendrá que «prescribir y suministrar los métodos y elementos anticonceptivos que deberán ser de carácter reversible, no abortivos y transitorios, respetando los criterios o convicciones de los destinatarios, salvo contraindicación médica específica y previa información brindada sobre las ventajas y desventajas de los métodos naturales y aquellos aprobados por la ANMAT». Es necesario aclarar que la norma especifica que la entrega de cualquier método anticonceptivo se debe hacer a demanda de los beneficiarios y sobre la base de estudios previos. Esto implica que no cualquier persona en cualquier momento podrá obtener medicación de estas características, sino que tiene que atravesar un proceso de consultas médicas.

Aquí es importante hacer hincapié es que los hospitales, centros de salud y salitas de atención primaria tienen la obligación de entregar medicación anticonceptiva -también preservativos- a todas aquellas personas que la soliciten y puedan tomarla. Además, las obras sociales y entidades de medicina prepaga debe cubrir la totalidad del costo de este tipo de producto, para aquellos que tengan este tipo de coberturas. Cabe mencionar que, en general, el procedimiento consta de solicitar la receta al especialista y luego ir a retirarla a una farmacia que tenga convenio con la obra social o prepaga. No obstante, es posible que este procedimiento cambie de una entidad a otra, dado que en algunas es necesaria una autorización, o se entrega únicamente en sitios específicos, o incluso puede que el afiliado deba pagar y luego hacer el trámite de reintegro del valor.

Además, la ley acepta las prácticas denominadas ligadura de trompas de Falopio y ligadura de conductos deferentes o vasectomía, pero siempre que sean requeridas formalmente como método de planificación familiar y/o anticoncepción.

Por último, la norma indica que se deberán «efectuar controles periódicos posteriores a la utilización del método elegido». Este último punto es muy importante, dado que todo método anticonceptivo puede provocar efectos adversos en el cuerpo de la mujer y es posible que, en algunos casos, sea necesario cambiarlo o reducir la dosis hormonal, entre otras modificaciones que se pueden hacer en el tratamiento.

Fuente. iProfesional

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