¿El 24 y el 31 de diciembre son feriados?

Los festejos por Navidad y Año Nuevo caen esta vez junto con un fin de semana largo.

El 24 y 31 de diciembre son días no laborables y, sumados a los feriados del 25 de diciembre y 1 de enero, transforman, para algunos, las fiestas en unas mini vacaciones.

En el 2017 el Congreso promulgó la ley 27.399, que otorgó la facultad al Poder Ejecutivo de fijar por cada año hasta “tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con días lunes o viernes”. En ese marco, se definió que los últimos fines de semana largo de 2018 serán los de las fiestas.

Aunque este privilegio no alcanzará a todos los trabajadores porque legalmente no es lo mismo un día no laborable que un feriado.

«La principal diferencia es que en un día no laborable, el empleador decide si se trabaja o no, en cambio en un feriado común, está obligado a respetarlo, con lo cual ese día no se trabaja», explicó Nicolás Diego, abogado especialista en Derecho Laboral, a Clarín.

«Es potestad del empleador decidir si se trabaja o no un día no laborable, con lo cual puede obligar a trabajar al empleado», apuntó el letrado.

Respecto al pago, también existen diferencias. Si bien ambos días son pagos, la forma de cálculo es diferente. «Si se trabaja en un día feriado, el empleador debe pagar el doble. Mientras que si es un día no laborable no hay doble remuneración. Se trabaje o no, el pago es el mismo, se paga como un día normal. No se paga doble el día no laborable en caso de trabajarlo», dijo Diego.

Actualmente, hay solo un día no laborable fijo, que es el Jueves Santo. Además, existen dos días no laborables con fines turísticos, que el poder ejecutivo fija para cada año (anteriormente eran feriados).

También, existen días no laborables sólo para quienes profesen la Religión Judía, el Pesaj, Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán, Año Nuevo Judío y Año Nuevo Islámico

Fuente. iProfesional

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