El gobierno endureció el derecho de admisión a las canchas

Mientras avanza en el diseño de los operativos de seguridad de cara a los cruces entre Boca y River por la final de la Copa Libertadores, el Gobierno modificó la norma que establece a quiénes les puede restringir la concurrencia a partidos de fútbol y extendió a cuatro años el plazo por el cual podrá aplicar la sanción.

A través de la Resolución 842/2018, que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial con la firma de Patricia Bullrich, el Ministerio de Seguridad indicó que podrá prohibir el acceso a estadios a las siguientes personas:

– Imputados, procesados o condenados por delitos que hayan sido cometidos en el marco de la Ley de Violencia en Espectáculos Deportivos.

– Condenados por delitos dolosos con pena de reclusión o prisión, cuando se entienda que pueden «crear un riesgo concreto en el espectáculo futbolístico».

– Imputados en cualquier actuación contravencional en el marco de un espectáculo futbolístico, ya sea antes, durante o después de la disputa del encuentro, durante las concentraciones o entrenamientos de los equipos, como así también durante los traslados de las parcialidades, hacia o desde el estadio deportivo donde se desarrolle.

– Quienes hayan tenido conductas violentas contra las personas o las cosas o dificulten el normal desenvolvimiento de un espectáculo futbolístico, ya sea antes, durante o después de la disputa del encuentro o durante las concentraciones o entrenamientos de los equipos.

– Quienes en el traslado hacia o desde un estadio cometan acciones violentas contras las personas o las cosas, generen desordenes o alteren el orden público, o utilicen servicios de transporte de pasajeros no registrados.

Además, el Ministerio de Seguridad indicó que la restricción de concurrencia se aplicará por un período no menor a tres meses y no mayor a cuatro años. Hasta ahora, la máxima pena era de dos años. «En los casos de hechos gravísimos la restricción de concurrencia podrá ser establecida por plazo indeterminado», indica la norma.

Fuente: Infobae

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