Vidal quiere que sindicalistas e intendentes también presenten sus declaraciones juradas

El diputado Maximiliano Abab y el senador Daniel Lanaro ingresaron a sus respectivas cámaras un proyecto idéntico que busca tratar en forma conjunta las declaraciones juradas que deberán presentarse de manera obligatoria para quienes sean funcionarios del poder ejecutivo a cargo de María Eugenial Vidal, el poder legislativo, empresas mixtas público-privadas o en aquellas donde el Estado bonaerense contenga algún porcentaje.

A su vez, también se encuentran comprendidas aquellas ONGs que reciban subsidios por parte de la provincia, aunque en carácter «voluntario». En esos mismos términos «invita» a la adhesión de dirigentes de entidades gremiales, los cuerpos colegiados, aquellas cámaras empresariales, profesionales, comunitarias y sociales.

También, según el proyecto al que accedió INFOCIELO, se solicita la presentación de su declaración jurada a “toda persona o colectivo que represente o tenga como objeto administrar derechos e intereses colectivos y vincular las relaciones entre el sector público y privado”.

En el poder ejecutivo se estipula a todos los funcionarios que tengan un rango mayor a director de línea, es decir los ministros y sus funcionarios hasta el rango estipulado como ya desde años se viene llevando adelante. En cuanto a los organismos constitucionales los responsables de los mismos y sus segundos deberán hacer lo propio junto a aquellos que tengan categoría no inferior a secretarios de dichos entes.

A su vez, se encuentran comprendidos los miembros del consejo de la magistratura, el directorio del Banco Provincia y aquellos policías cuyo rango sea mayor o equivalente al de Oficial Inspector. También se insertan en la normativa el personal del Servicio Penitenciario.

Mediante la adhesión se busca incorporar a «personas que ejercen la función pública» en los departamentos «Ejecutivo y deliberativo municipal», es decir a intendentes, secretarios y concejales de los 135 distritos.

Finalmente, cabe mencionar a los titulares y representantes de entes reguladores, autárquicos y descentralizados con jerarquía igual o superior a la de subgerente o subdirector. Finalmente, cabe aclarar que se exceptúa a los maestros que lleven adelante tareas docentes y a aquellos candidatos a cargos electivos.

Fuente: Infocielo

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