Promulgaron ley que quita patria potestad a femicidas
A través de la publicación en el Boletín Oficial de la ley 27.363 se incorpora en el Código Civil y Comercial de la Nación el artículo 700 bis, que impone que «cualquiera de los progenitores queda privado de la responsabilidad parental por ser condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de homicidio agravado por el vínculo o mediando violencia de género en contra del otro progenitor».
También quedan privados aquellos condenados «como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de lesiones previstas en el artículo 91 del Código Penal, contra el otro progenitor, o contra el hijo o hija de que se trata» y para los condenados, de igual modo, del «delito contra la integridad sexual».
Fuente. ambito financiero